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2025/06/30

Corte Suprema de Chile condena a exmiembros de la Armada por secuestros y torturas durante la dictadura

 Por Rodolfo Varela

Santiago, 30 de junio de 2025. En un fallo histórico, la Segunda Sala de la Corte Suprema condenó hoy a cinco exmiembros de la Armada de Chile por su responsabilidad en los delitos de secuestro con grave daño de 16 personas detenidas ilegalmente y sometidas a tortura en el Cuartel Silva Palma de Valparaíso entre 1973 y 1975, durante los primeros años de la dictadura militar.



Ministro Manuel Antonio Valderrama Rebolledo


El tribunal, compuesto por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y la abogada integrante Pía Tavolari, ordenó el cumplimiento de las penas bajo la modalidad de arresto domiciliario total con monitoreo electrónico, debido a la avanzada edad y condiciones de salud de los condenados. La decisión se adoptó en fallos divididos, con los votos en contra de Valderrama y Llanos.


Los condenados y sus penas


Entre los sentenciados están Juan de Dios Reyes Basaur (92 años) y Héctor Santibáñez Obreque (87), quienes deberán cumplir 16 y 14 penas de 5 años y un día de presidio, respectivamente, como autores de todos los delitos. Guillermo Morera Hierro (75) y Sergio Hevia Febres (90) cumplirán dos penas cada uno, mientras que Gilda Ulloa Valle (71) fue condenada a una pena de 5 años y un día.


Contexto del caso y antecedentes históricos


Los fallos de base establecieron la existencia de una agrupación de inteligencia militar conocida como SICAJSI, conformada por agentes de la Armada, que operó tras el golpe de Estado de 1973 reprimiendo opositores mediante detenciones ilegales, torturas físicas y psicológicas en el Cuartel Silva Palma y la Academia de Guerra Naval de Playa Ancha, Valparaíso.

El tribunal ratificó que las víctimas fueron sometidas a graves violaciones de derechos humanos, incluidas golpizas, simulacros de fusilamiento, abusos sexuales y otros vejámenes.


Análisis jurídico y de derechos humanos


El fallo de la Corte Suprema se inscribe en una compleja tensión entre el deber del Estado de Chile de sancionar crímenes de lesa humanidad y su obligación de respetar los derechos fundamentales de todas las personas, incluidos los condenados.


Desde una perspectiva jurídica, los crímenes imputados son imprescriptibles y no admiten amnistía, de acuerdo con el derecho internacional consuetudinario y los tratados ratificados por Chile, como la Convención contra la Tortura y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.


Sin embargo, la Corte argumentó que el cumplimiento efectivo en prisión podría constituir trato cruel, inhumano o degradante en el caso de personas de edad avanzada y con salud deteriorada, y respaldó esta afirmación con doctrina penal contemporánea y referencias a organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU.


La sentencia cita el principio de humanidad de las penas, recordando que la dignidad del condenado no puede ser anulada por la gravedad del delito. Según el razonamiento de la Sala, una pena privativa de libertad aplicada en condiciones que deterioren aún más la integridad física y psíquica del condenado podría violar normas fundamentales del derecho internacional de los derechos humanos.


Este razonamiento ha generado controversia: si bien existe respaldo normativo para sustituir penas por razones humanitarias, diversas organizaciones y familiares de víctimas lo consideran una forma encubierta de impunidad, especialmente cuando no se han producido avances significativos en verdad, justicia o reparación integral.


Reacciones y debate pendiente


El dictamen reabre el debate sobre la aplicación de beneficios a condenados por crímenes de lesa humanidad, tema sensible en un país que aún enfrenta el legado de la dictadura. Organizaciones de derechos humanos critican la medida, considerándola una forma de impunidad, mientras defensores del fallo destacan el respeto al principio de dignidad humana consagrado en la Constitución y tratados internacionales.


La resolución deja abierta la discusión sobre cómo equilibrar el derecho de las víctimas a justicia y reparación con los estándares internacionales que deben garantizarse también a los condenados. En última instancia, este caso refleja los dilemas éticos y jurídicos que enfrentan las democracias al juzgar crímenes del pasado con las garantías del presente.

¿Y los chilenos? La herida abierta de las víctimas nacionales de la dictadura

 Por Rodolfo Varela

30 de junio de 2025

Mientras el Estado indemniza con justicia a un ciudadano argentino, los chilenos que sufrimos la dictadura seguimos recibiendo pensiones miserables, además de soportar el descuento vergonzoso del 7% para Fonasa. 



Chile un pueblo sin memoria?



La herida sigue abierta. Y no sanará hasta que se haga justicia de verdad.


Ni los gobiernos de izquierda, ni los parlamentarios que prometieron tanto, cumplieron con reparar la dignidad de quienes pagamos con nuestro cuerpo y mente el precio de defender la democracia.


La corrupción sigue reinando en el Congreso, mientras las víctimas somos olvidadas y humilladas. No aceptamos limosnas ni discursos vacíos. Exigimos justicia real, reparación integral y el fin de los abusos, como ese 7% que nos siguen descontando después de habernos quitado tanto.


El fallo del Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago no solo reconoció la brutalidad de los hechos sufridos, sino que también desestimó los intentos del Estado por eximirse de responsabilidad con argumentos de prescripción.

Una resolución ejemplar. Justa. Merecida.


Pero mientras leía los detalles del fallo, no pude evitar preguntarme: ¿Y los chilenos? ¿Dónde queda la justicia para las miles de víctimas nacionales que siguen esperando reparación?


Más de 50 años de espera y abandono


Fui uno de tantos. Fui joven, trabajaba en medios de comunicación, creía en un Chile más justo. Y lo pagué caro. Allanamientos, exonerado, cárcel, tortura, auto exilio. Como yo, miles de compatriotas: expresos políticos, exonerados, Adopciones ilegales, detenidos desaparecidos, sobrevivientes de la DINA y la CNI. Hoy, muchos de nosotros vivimos con pensiones miserables, ignorados por autoridades que desfilan cada año en actos oficiales, mientras nuestras cartas, solicitudes y demandas siguen acumulando polvo en escritorios del poder judicial y administrativo.


El recuerdo del horror, en el Estadio Nacional de Chile


¿Es justo que un ciudadano argentino reciba una reparación millonaria mientras una víctima chilena, torturada en el mismo estadio, vive con $200 mil pesos al mes o incluso menos?
¿Dónde está la igualdad ante la ley?
¿Dónde está la solidaridad del Estado con sus propios hijos e hijas?


El daño no terminó en 1990


Como bien señaló el informe pericial del caso Tsakoumagkos, "la tortura no fue un par de meses, sino 30 años". Para muchos de nosotros, el calvario no ha terminado. Vivimos con traumas, con diagnósticos psicológicos desoídos, con cuerpos marcados y con una sociedad que, en lugar de respetarnos, nos ha dado la espalda.

Chile aún no cierra su herida. No mientras haya víctimas esperando verdad, justicia y una reparación digna.


El silencio como forma de violencia


La falta de empatía institucional y social hacia las víctimas chilenas es otra forma de tortura. El silencio cómplice del pueblo, autoridades, jueces, ministros y parlamentarios —de derecha y de izquierda— perpetúa el abandono. Cada vez que se archiva una demanda de reparación por "prescripción", se renueva la violencia del pasado.



Los que nunca hicieron nada por las víctimas de la dictadura


Los medios apenas cubren estas causas. Los gobiernos las olvidan. Y buena parte del pueblo chileno parece haber normalizado este olvido.


¿Qué exigimos?


Exigimos lo que es justo:

  • Una pensión digna para todos los sobrevivientes reconocidos.

  • La reapertura de causas civiles y penales cerradas por tecnicismos.

  • Políticas públicas reales, no solo simbólicas, para garantizar atención médica, psicológica y social.

  • Que la reparación no dependa del país de origen ni del azar judicial.

Chile tiene una deuda histórica con sus víctimas. No hay reconciliación posible sin justicia real. Y no habrá justicia mientras sigamos invisibles.