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2023/08/09

Chile: Corte Suprema ordena al fisco indemnizar a víctima torturada por Carabineros y agentes de la CNI

 

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió recurso de casación en el fondo y, en sentencia de reemplazo, condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a Viviana Novoa Navarro, quien fue detenido en diversas ocasiones y sometida a torturas por efectivos de Carabineros y agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).





La Corte Suprema acogió recurso de casación en el fondo y, en sentencia de reemplazo, condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a Viviana Novoa Navarro, quien fue detenido en diversas ocasiones y sometida a torturas por efectivos de Carabineros y agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).


En fallo unánime (causa rol 47.485-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y los abogados (i) Diego Munita y Gonzalo Ruz– estableció erro de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, al acoger la excepción de prescripción de la demanda civil opuesta por el fisco.


“Que, como ha señalado reiteradamente esta Corte, este complejo normativo conocido como Derecho Internacional de los Derechos Humanos, ciertamente ha importado un cambio significativo en la configuración de la responsabilidad estatal. En concreto, en materia de derechos humanos los Estados tienen una obligación de resultado, cual es, la efectiva vigencia de los derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales”, afirma el fallo.


La resolución agrega que: “Por ello, la responsabilidad del Estado por violación a los derechos humanos es una cuestión objetiva, ya que el ilícito por violaciones a los derechos fundamentales se produce al momento en que el Estado actúa en violación de una norma obligatoria, sin necesidad de que exista falta o culpa por parte del agente. (Cfr. Aguiar, Asdrúbal. La responsabilidad internacional del Estado por violación de derechos humanos. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Vol.17, IIDH, 1993. Pág. 25). En efecto, se trata de una responsabilidad objetiva en donde no interesa la presencia de dolo o culpa en el accionar dañoso del Estado”.


“La responsabilidad internacional del Estado nace al momento en que con su actuar se infringe los límites que le señalan los derechos humanos como atributos inherentes a la dignidad de las personas, sin necesidad de que exista falta o culpa por parte del autor material del acto”, añade.


Para la Sala Penal: “(…) de lo que se ha venido señalando se desprende que el Estado está sujeto a la regla de la responsabilidad, la que no es extraña a nuestra legislación, pues el artículo 3° del Reglamento de La Haya de 1907 señala que ‘La parte beligerante que viole las disposiciones de dicho Reglamento será condenada, si hubiere lugar, a pagar una indemnización. Será responsable de todos los actos cometidos por las personas que formen su ejército’. Complementa lo anterior el artículo 2.3ª del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en cuanto señala que ‘Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violadas podrán interponer un recurso efectivo’, el que supone el derecho a buscar y conseguir plena reparación, incluida restitución, indemnización, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición. En este contexto encontramos también el principio 15 de los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, adoptados por la Comisión de Derechos Humanos en su Resolución 2005/35 de 19 de abril de 2005, el cual señala que ‘Conforme a su derecho interno y a sus obligaciones jurídicas internacionales, los Estados concederán reparación a las víctimas por las acciones u omisiones que puedan atribuirse al Estado y constituyan violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o violaciones graves del derecho internacional humanitario’”.


“En el mismo sentido –prosigue– se ha expresado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que haciendo suyo el razonamiento fijado por la Corte de la Haya señaló ‘que toda violación a una obligación internacional que haya producido un daño comporta el deber de repararlo adecuadamente. La indemnización, por su parte, constituye la forma más usual de hacerlo (...) la reparación del daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional consiste en la plena restitución (restitutio in integrum), lo que incluye el restablecimiento de la situación anterior y la reparación de las consecuencias que la infracción produjo y el pago de una indemnización como compensación por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales incluyendo el daño moral’. (Cfr. Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Velásquez Rodríguez. Indemnización compensatoria. [Art. 63.1 Convención Americana sobre Derechos Humanos]. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C, N° 7. Párr. 25-26)”.


“En síntesis, la obligación de reparación es una obligación que pesa sobre el Estado que ha violado los derechos humanos, obligación que es parte del estatuto jurídico de Chile, conforme se viene señalando”, afirma la resolución.


“Que, en suma, pesando sobre el Estado la obligación de reparar a las víctimas y sus familiares consagrado por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, el derecho interno no deviene en un argumento sostenible para eximirlo de su cumplimiento. No solo por lo ya expresado sino porque este deber del Estado también encuentra su consagración en el derecho interno”, releva.


“En efecto, el sistema de responsabilidad del Estado deriva además del artículo 3º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que dispone que la Administración del Estado está al servicio de la persona humana, que su finalidad es promover el bien común, y que uno de los principios a que debe sujetar su acción es el de responsabilidad; y, consecuentemente con ello, en su artículo 4° dispone que ‘el Estado será responsable por los daños que causen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado’. Así, no cabe sino concluir que el daño moral causado por la conducta ilícita de los funcionarios o agentes del Estado autores de los ilícitos de lesa humanidad en que se funda la presente acción, debe ser indemnizado por el Estado”, concluye.






Chile: Gabriel Boric Font, promulga Ley sobre Delitos Económicos y Medio Ambientales

 

La iniciativa introduce un tratamiento distinto de la criminalidad económica en comparación con la criminalidad común.






Esta mañana, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulgó la Ley sobre Delitos Económicos y Medio Ambientales.


La ceremonia, que tuvo lugar en el Patio de Las Camelias del Palacio de La Moneda, contó con la participación de las ministras del Interior, Vocera de Gobierno y de la Mujer y Equidad de Género, Carolina Tohá, Camila Vallejo, y Antonia Orellana; junto a los ministros de Justicia y Derechos Humanos, de Hacienda, Segpres y Economía, Luis Cordero, Mario Marcel, Álvaro Elizalde y Nicolás Grau, respectivamente.


Un objetivo clave de esta ley es combatir la impunidad económica. La ley introduce un tratamiento distinto de la criminalidad económica en comparación con la criminalidad común, reconociendo los daños sociales significativamente mayores que puede provocar la criminalidad económica.


Por muchos años la ciudadanía ha visto con impotencia cómo los llamados delitos de cuello y corbata suelen recibir castigos menores que otros delitos, aun cuando involucran grandes sumas de dinero
”, afirmó el Mandatario, quien agregó que frente a eso, y me imagino que todos quienes son representantes electos o que han cumplido funciones públicas lo deben haber experimentado en sus salidas a terreno, hay una percepción en la ciudadanía de que, a veces, pareciera existir dos justicias, una justicia para ricos y una justicia para pobres. Tenemos todos el deber de trabajar para que esa percepción no se asiente y para que no sea real”.


El propósito central de la ley es prevenir la comisión de delitos económicos a través de la imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como a los directivos y gerentes de las empresas. Si las empresas adoptan adecuadamente las exigencias de esta ley, se debería reducir significativamente el número de infracciones de este tipo.


La promulgación de esta legislación es un paso importante en la recuperación de las confianzas en las instituciones. Muchas veces, me preguntan qué es lo que espero al final de nuestro mandato, y más allá de las políticas públicas, de las grandes obras, más allá de las cifras, un bien intangible que para mí es prioritario es la recuperación de la confianza interpersonal en nuestra patria, pero también de la confianza entre los ciudadanos y sus instituciones, que están y deben estar para protegerlos y no para abusarlos o permitir que se instale una sensación de abuso respecto de ello, reflexionó el Presidente de la República.


La promulgación de esta ley es uno de los avances y cambios más importantes al sistema Penal, valorando de un modo distinto este tipo de delitos por las consecuencias sociales que provoca.


Sobre la ley promulgada


a. Establece categorías de delitos, para calificarlos como “delitos económicos” y hacer aplicable el estatuto diferenciado de penas y otros efectos.
b. Establece un sistema especial de determinación de la pena, de sustitución de penas, de determinación y cuantía de la multa y de inhabilitaciones especiales.


c. Actualiza algunos delitos y crea otros nuevos.
d. Agrega regulación sobre el comiso de ganancias.
e. Modificaciones a la ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, ley N°20.393.



2023/08/02

Chile: Condenan a tres excarabineros por torturas contra 8 víctimas en comisaría de Peñalolen durante el 18-O

 

Condenan a tres excarabineros por torturar a ocho víctimas, entre ellos menores de edad, al interior de la 43° Comisaría de Peñalolen; esto en el marco del denominado estallido social, en octubre de 2019.




El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a 5 años y un día de cárcel al cabo segundo de Carabineros a la época de los hechos, Juan Pablo Leiva Puga. Además, de las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.


Lo anterior, en calidad de autos de cuatro delitos consumados de apremios ilegítimos. Hechos ocurridos en octubre de 2019, en la comuna de Peñalolen, en el marco del estallido social.



De igual forma y en fallo unánime, condenó al efectivo Carlos Andrés Fuenzalida Gajardo a la pena de 5 años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso. Y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Todo como autor de tres delitos de apremios ilegítimos.


Finalmente, condenó al entonces carabinero Sebastián Antonio González Faúndez a la pena de 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de apremios ilegítimos.



En concreto, el tribunal acreditó que la noche del 20 de octubre de 2019, en dependencias de la 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén, los tres condenados cometieron los delitos de apremios ilegítimos. Esto, en hechos que afectaron a 8 personas en total, 4 menores de edad y 4 adultos, quienes se encontraban detenidas en el lugar.


Apremios ilegítimos



En la investigación se estableció que Juan Pablo Leiva Puga se acercó a una víctima y “le propinó golpes a mano abierta en el rostro”. Y luego, una hora después, regresó al lugar donde se encontraba el detenido, y lo tomó “del cuello y azotándole contra la pared, provocando que aquel cayera al piso”.


Mientras que la esposa de esta víctima se encontraba “amarrada a un fierro del lugar, imposibilitando de moverse”, y Sebastián González Faúdez, extrajo “desde un bolso de color verde, una sustancia que le aplicó, en dos oportunidades, con sus manos en ojos, nariz y rostro, provocándole irritación y dolor”.


El segundo hecho acreditado afectó a cuatro menores de edad, que se encontraban en el calabozo del lugar, donde ingresó Juan Pablo Leiva Puga, “quien procedió a agredir con cuatro golpes a mano abierta, en el rostro y espalda del menor de edad detenido, L.P.V.I., quien intentaba protegerse con sus brazos”. Luego, el mismo imputado, “se acercó a la víctima menor de edad, de nombre K.A.G.L. agrediéndolo con golpes de puño en su rostro y cuerpo en más de una ocasión”.


Cuatro hechos


Asimismo, el tribunal tuvo por establecido el hecho signado con el numeral tres, que afectó a un adulto que estaba “en el pasillo previo al ingreso a los calabozos esposado”. Donde el imputado “Carlos Fuenzalida Gajardo procedió a aplicarle en el rostro, en reiteradas oportunidades, una sustancia, del tipo lacrimógeno, ocasionándole irritación, dolor y ardor”.


El último hecho fue en circunstancias que dos víctimas “fueron llevados a una sala de dicha unidad” y el imputado Carlos Fuenzalida Gajardo procedió “a agredirlos con golpes de puño y pie, y luego extrae de un bolso que mantenía colgado a su cuerpo una sustancia, del tipo lacrimógeno”. El que les frotó “en la cara ocasionándoles dolor, irritación”.

2023/07/20

Cómo el nuevo plan progresista de Chile para extraer litio enfrenta obstáculos indígenas

 

El presidente de Chile, Gabriel Boric, prometió una minería diferente. Convertiría al mayor productor de cobre del mundo y la segunda mayor minera de litio en un país centrado en la responsabilidad ambiental y social.




Cuando Boric anunció su ambicioso plan en abril para tomar el control estatal de la industria del litio del país y expandir la extracción de este componente esencial de las baterías de los automóviles eléctricos, se comprometió a hacerlo con tecnología pionera respetuosa con el medio ambiente y hablando personalmente con las comunidades indígenas locales.


Pero las comunidades que viven en o alrededor de las salinas de litio del norte de Chile, una vez estrechamente agrupadas bajo un consejo regional y ahora a menudo en desacuerdo, son escépticas y puede resultar más difícil trabajar con ellas de lo que había planeado el gobierno en el lejano Santiago. En entrevistas con la prensa, algunos líderes comunitarios dijeron que exigirían que se canalicen más ganancias hacia ellos, mientras que otros dijeron que se resistirían a cualquier nueva minería de litio.


“Estamos en el desierto más árido y cambiar lo que tenemos en agua y vegetación por una batería de litio nos va a dejar sin nada”, dijo Francisco Mondaca, ingeniero civil y jefe de la unidad ambiental del Cabildo Indígena de Atacama.



"No se puede sacrificar una zona para satisfacer otra".



Chile posee las reservas de litio más grandes del mundo, el 90% de las cuales se encuentran en el desierto de Atacama. Está buscando capitalizar la demanda en auge del metal de la batería codiciado por los fabricantes de automóviles, incluidos Tesla (TSLA.O) y BMW (BMWG.DE), así como las empresas de energía renovable.


Pero otros países han progresado más rápido en la expansión de la producción de litio en los últimos años. Actualmente, solo dos empresas, el productor nacional SQM (SQMA.SN) y la firma estadounidense Albemarle (ALB.N), extraen litio de las salinas de Chile.

El plan de Boric prevé expandir la minería con sociedades público-privadas controladas por una nueva empresa estatal de litio. El gobierno ya comenzó a negociar el control estatal con SQM y planea hacerlo con Albemarle antes de que expire su contrato en 2043.


El litio se extrae a través de estanques de evaporación de salmuera masivos que, según los lugareños y los ambientalistas, alteran el nivel freático y dañan las poblaciones de flamencos y otros animales salvajes.


El nuevo plan busca emplear la extracción directa de litio (DLE), una tecnología que promete ser más sostenible al reinyectar la salmuera en el suelo una vez que se extrae el mineral.


Pero DLE aún no se ha probado comercialmente y los lugareños no están convencidos.


“Lo que me molesta es que un producto se venda como una solución sostenible para el mundo cuando no lo es”, dijo Mondaca.


DIVISIONES INTERNAS


El terreno rocoso y hostil de Atacama que la NASA utiliza para simular Marte ha sido habitado por el pueblo Lickan Antay durante al menos 1.500 años.


Sus comunidades brotaron a lo largo de oasis turquesas rebosantes de litio. Uno de ellos, el Salar de Tara, se encuentra en un área biodiversa cubierta de antiguas puntas de flecha, cerámica y otros restos arqueológicos y forma parte de la Reserva Nacional Los Flamencos.


Cristian Espindola, quien supervisa las patrullas y la seguridad en el departamento de Tara para la comunidad local de Toconao, dijo que no veía mucha diferencia entre el gobierno actual y el anterior, y criticó a la administración Boric por anunciar su plan antes de consultar con los lugareños.


"El gobierno de Chile comienza a vender este litio sin preguntarnos a los nativos, a la gente que vive aquí, a los propietarios, al pueblo de Lickan Antay", dijo Espindola, quien calificó la medida de "irresponsable" y una continuación de la política anterior.


"Este método del Estado chileno de tratar con las comunidades nativas nunca cambia", dijo Espíndola. “Cuando quieren instalar nuevas operaciones mineras, atropellan a las comunidades”.


Si bien Atacama cuenta con instalaciones mineras de última generación, observatorios y centros turísticos con restaurantes y tiendas de artesanías, muchos pueblos indígenas vecinos solo tienen caminos de tierra accidentados, edificios sin terminar y una infraestructura deficiente.


“En Toconao no hay agua potable ni centro de salud, tenemos cortes de luz”, dijo Espíndola. "¿Dónde están los beneficios para la comunidad indígena?"


Espindola dijo que las comunidades indígenas de Atacama vivían y se gobernaban de manera diferente al gobierno federal y tenían un conjunto diferente de prioridades centradas en el medio ambiente, la cultura y la preservación de su forma de vida.


Tanto Espíndola como Mondaca dijeron que la mayoría de los miembros de la comunidad se oponen a la expansión de la minería de litio en la región.


Cuando se le preguntó si el gobierno continuaría con la expansión planificada si las comunidades se opusieran, el Ministerio de Minería declinó hacer comentarios. Dijo que se toma en serio las relaciones con las comunidades indígenas y es por eso que Boric se reunió con ellos en persona.


En una conferencia de prensa posterior a una primera reunión con representantes indígenas el 30 de junio, Boric dijo que era "optimista" y que coincidía en que "el desarrollo debe ser integral, sostenible y respetuoso con el medio ambiente y las comunidades".


El presidente dijo que el gobierno abordaría temas como la falta de electricidad y agua potable en la región y dijo que el Ministerio de Minería continuaría las conversaciones con las comunidades.


“Creo que esta política de litio se va a topar con la política indígena y ahí es donde va a estar el choque”, dijo.


CONVERTIRSE EN SOCIO DEL ESTADO


Algunos líderes indígenas dijeron que estaban abiertos a apoyar la extracción de litio a un precio justo.


Yermin Basques, presidente de Toconao, dijo que está presionando para que la comunidad reciba una mayor participación en las ganancias y sea un "socio estratégico" en la empresa estatal de litio.


“Queremos tener ganancias, ganancias compartidas como socios estratégicos porque somos dueños del territorio”, dijo. Los vascos dijeron que quieren que las comunidades indígenas se involucren en la toma de decisiones y promuevan inversiones en agricultura, turismo y otros proyectos que brindarán beneficios a la comunidad después de que el auge del litio desaparezca.


Esa propuesta es apoyada por algunos en el Consejo Indígena de Atacama, una agrupación de comunidades formada en 1995 donde las decisiones se toman por mayoría simple de votos.


Desde 2017, Albemarle ha entregado el 3,5 % de sus ventas cada año al consejo, dividido en partes iguales entre las 18 comunidades miembros. Eso ha llevado a desacuerdos, dijo Alonso Barros, un abogado que ayudó a negociar el acuerdo. “Hay comunidades con diez personas que reciben $2 millones y comunidades con 3.000 que reciben lo mismo”.


Algunas comunidades ahora planean celebrar negociaciones individuales con el gobierno, pasando por alto al consejo por completo. Esto sigue el modelo que ha tomado SQM, logrando acuerdos individuales con las comunidades más cercanas a su operación.


Rolando Humire, un ex presidente del consejo que reunió a las comunidades para firmar el acuerdo de Albemarle, dijo que le tomó casi cinco años lograr que todos se unieran.


"Fue un proceso lento, años de diálogo, años de conversación sin siquiera mencionar cuánto íbamos a pedir", dijo Humire. Las comunidades habían aprendido que legalmente pueden retrasar los proyectos hasta que se cumplan sus demandas, dijo.


"No creo que (el gobierno) vaya a implementar lo que quiere en Atacama", dijo Humire. “Las comunidades tienen poder, pueden formar una oposición, tienen recursos, pueden contratar abogados. Un proyecto que va a juicio aquí se puede demorar años”.


Mauricio Lorca, investigador de la Universidad de Atacama especializado en minería y comunidades indígenas, dijo que espera que las negociaciones sean "increíblemente complejas" y que el plan de Boric mostró una falta de comprensión de la realidad sobre el terreno.


"Lo que Boric intentó hacer, en mi opinión, no fue una estrategia, sino querer dejar contentos a todos", dijo. "Y al final, dejó contenta a muy poca gente".




Chile: INDH Valparaíso logra sentencia condenatoria para teniente coronel de Carabineros que disparó escopeta a la espalda de una persona

 

En un juicio simplificado, el tribunal de San Felipe declaró culpable del delito de vejaciones injustas a F.F.J.F.Z. Se trata del segundo proceso por este hecho, ya que en el primero la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de nulidad presentado por el INDH.






El Juzgado de Garantía de San Felipe declaró culpable al teniente coronel de Carabineros F.F.J.F.Z. por el delito de vejaciones injustas. En noviembre de 2019, el oficial disparó su escopeta antidisturbios a la espalda de un hombre. La sede de Valparaíso es querellante en esta causa, que se desarrolla en un juicio oral simplificado, y recurrió contra la primera sentencia del caso.


Cabe mencionar que los hechos por los cuales se acusó el oficial ocurrieron el 14 de noviembre de 2019, en una esquina de calles Diego Portales con Adolfo Carmona, en la comuna de San Felipe. En ese sitio, F.F.J.F.Z. disparó desde el interior de una patrulla policial en contra de un hombre que iba en bicicleta. El disparó de la escopeta calibre 12 alcanzó a la víctima en una pierna.


La acción del teniente coronel de Carabineros no se ajustó a los términos que se establecen en el protocolo para el mantenimiento del orden público. En particular, al empleo de la escopeta antidisturbios. El impacto de los perdigones causó en la víctima heridas de carácter clínicamente menos graves. Esto último lo consigna un informe médico legal del 25 de febrero de 2021.


Primer juicio


En el primer juicio F.F.J.F.Z. recibió 41 días de cárcel, castigo que el juzgado sustituyó por la remisión condicional de la pena. En tanto, la pena accesoria, la suspensión de cargo u oficio público, quedó suspendida. El tribunal resolvió por último omitir los hechos del certificado de antecedentes del sentenciado.


Debido a esta situación, la sede de Valparaíso presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones. El tribunal de alzada acogió el reclamo. Estimó que “la sentencia recurrida ha errado en la aplicación del derecho (…) en tanto en ella se suspende la pena accesoria”. A juicio de la corte no es posible dejar sin efecto la pena accesoria como consecuencia de haberse sustituido la pena principal.


El juzgado informó que comunicará la sentencia el lunes 24 de julio.

2023/07/14

Chile: Venta ilegal de medicamentos presentarán indicaciones para dar más facultades al ISP

 

La Comisión de Salud aprobó en general, la moción tras conocer mayores detalles de los últimos decomisos que ha realizado la autoridad en la vía pública, donde también se ha detectado la falsificación de estos productos.









Hasta el 4 de agosto tendrán como plazo los senadores y el Ejecutivo, para presentar indicaciones al proyecto que regula la comercialización de productos farmacéuticos y sanciona su venta ilegal, el que cursa primer trámite.








Esto luego que los integrantes de la Comisión de Salud aprobaran en general, la norma de autoría de los senadores Juan Luis Castro, Javier Macaya, Francisco Chahuán, Ximena Órdenes y Juan Ignacio Latorre, considerando la importancia de terminar con este tipo de prácticas que se han generalizado en los últimos años.


De hecho, en la última sesión, el director del Instituto de Salud Pública (ISP), Rubén Verdugo entregó detalles de los decomisos que se han realizado. Así comentó que “en el 2020, se hicieron 189 acciones de fiscalización y en lo que va del año llevamos 79. El problema es que los volúmenes son mucho mayores ahora, por ejemplo entre el 2020 y el 2021 se comercializaron 133 mil unidades, pero hoy hablamos de más de 473 mil”.


“Nos gustaría tener más facultades para requerir información pensando en la inteligencia de datos, levantar alertas al mercado, actuar como agente revelador también, acceder a información tributaria y contar con una red de fiscalización descentralizada. La Contraloría nos ha dicho que no tenemos mayores atribuciones para hacer mucho más”, sintetizó la autoridad.


En tanto, el director de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, Medioambientales, Ciberdelitos y Lavados de Activos (ULDDECO) del Ministerio Público, Mauricio Fernández hizo ver algunas precisiones técnicas que deberían hacerse a la redacción al proyecto en cuanto a los tipos penales relacionados a la venta ilegal y la falsificación y la sustracción de medicamentos, y la responsabilidad del propietario de la farmacia desde donde provienen los fármacos.


En la sesión, Verdugo mostró antibióticos, sicotrópicos, analgésicos y antiespasmódicos que pueden ser expedidos en farmacias pero que han sido incautados en ferias, algunos de ellos falsificados. En cuanto a estos últimos, los senadores consultaron si se están haciendo análisis de sus componentes ante lo cual, la autoridad reconoció que casi no se encuentra el principio activo en estas unidades, solo excipientes.


También se consultó sobre el tráfico de medicamentos en el personal de salud, la fiscalización que se realiza a los vendedores de cadenas de farmacias que expenden a granel fármacos para el comercio ilegal, y los pasos que se realizan para controlar la cadena de distribución.


Cabe consignar que el texto contempla el endurecimiento de sanciones penales y sanitarias para quienes vendan medicamentos en lugares no destinados para ello y fármacos adulterados, como para quienes los prescriben o faciliten estos hechos.



Chile: Tribunal de San Bernardo condena a Dos Carabineros por brutal golpiza a Mario Acuña Martínez

 


Tribunal de San Bernardo comunicó veredicto condenatorio para dos excarabineros por brutal golpiza perpetrada en Buin durante la crisis social




Arnold, primo de Mario, otorgándole cuidados. Fuente foto: Puroperiodismo.cl




El Tribunal Oral en lo Penal también declaró culpable a un excapitán de la policía uniformada, que disparó con su escopeta y alcanzó a dos víctimas que estaban manifestándose. La sede de la Región Metropolitana del INDH actúa como querellante en esta causa.


El Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo dio por configurado el delito de lesiones graves gravísimas con ocasión de apremios ilegítimos respecto de los exfuncionarios de Carabineros Víctor Antonio Lastra Marguirot y Henry Giovanny Cuéllar Vega por la golpiza perpetrada contra una persona en Buin en el contexto de la crisis social en 2019. Además, resolvió un veredicto condenatorio para el ex capitán J.R.R.A. por dos delitos de apremios ilegítimos cometidos en el mismo lugar.

La sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) es parte en la causa. Cuatro días después de las agresiones presentó una querella, la primera acción penal interpuesta en este caso.


El tribunal tuvo por acreditado que, durante la noche del 23 de octubre de 2019, un grupo de funcionarios de Carabineros perpetró diversos hechos ilícitos cuando se desplazaba por la comuna de Buin. Primero, el ex capitán J.R.R.A. disparó su escopeta antidisturbios, sin motivo o justificación alguna, en contra de las personas que estaban manifestándose en el sector de Bajos de Matte con Los Olmos, sin que existiera ningún ataque o agresión a los funcionarios policiales, personas que no representaban peligro alguno para los uniformados, encontrándose entre ellos niños, niñas y adolescentes. Los disparos de J.R.R.A. alcanzaron en una pierna a un hombre, dejándole una herida leve, y en la zona abdominal a una mujer, causándole también una herida leve.


Por su parte, los funcionarios H.G.C.V. y V.A.L.M. alcanzaron al ciudadano Mario Acuña Martínez que se escondió en una plazoleta del lugar, le dijeron que se lanzara al suelo y a continuación la golpearon. El ataque fue de tal magnitud que la víctima resultó con traumatismos del encéfalo y de los nervios craneales, con traumatismos de nervios y médula espinal y TEC de carácter grave. La golpiza dejó en la víctima secuelas funcionales, permanentes y definitivas, con una inhabilidad laboral total e incapacidad para el autocuidado.


La jefa de la Región Metropolitana del INDH, Beatriz Contreras, señaló que “a diferencia de lo resuelto por el tribunal, el INDH durante el juicio sostuvo que estos hechos eran constitutivos del delito de tortura, tanto por su gravedad como por la concurrencia de los demás elementos de este delito, en particular, la finalidad de castigo por estar participando la víctima en una manifestación social”.


La lectura de sentencia se llevará a cabo en una audiencia que quedó programa para el 3 de agosto de 2023.
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2023/07/13

Las mineras chilenas, buscan permisos más rápidos y costos de energía más bajos

 

Ahora que Chile ha aprobado un aumento en las regalías mineras, las mineras de cobre buscan incentivos para seguir invirtiendo en la producción del metal necesario para la revolución de las energías renovables, con medidas como recortes en los costos de energía, aprobación acelerada de permisos y otros incentivos.





A partir de 2024, las regalías mineras aumentarán a un rango de 8% a 26% del margen operativo desde el rango actual de 5% a 14%. También habrá un impuesto ad valorem del 1% basado en las ventas para los mineros que registren una ganancia.


El Consejo de Minería de Chile, que comprende grandes empresas privadas, estima que esto en última instancia impulsará la tasa impositiva promedio de 44,7%, superando el rango superior de 38 a 44% en países competidores como Perú y Australia.


“Esperamos que esta desventaja competitiva se compense de alguna manera con otras acciones de política pública que fomenten la inversión”, dijo el jefe de estudios de la asociación, José Tomás Morel.


La regalía elevada es el último punto crítico entre la industria minera en el productor de cobre número 1 del mundo y el productor de litio número 2 y el gobierno del presidente Gabriel Boric, quien asumió el cargo con la promesa de lograr que la industria minera del país ayude a pagar los programas sociales ampliados. . El cabildeo de la industria provocó un recorte en el plan original de aumento de regalías, y algunos mineros han dicho que continuarán invirtiendo.


"A pesar de ser un gobierno fuerte de izquierda, comprometieron a la industria y buscaron comprender y trabajar para lograr un resultado que lograra un equilibrio entre las necesidades públicas y lo que se requería para mantener la competitividad de la industria y el país", dijo Mark Henry, CEO de BHP Group <BHP.AX>, el actor número 2 de Chile que inicialmente había dicho que la regalía impulsaría una revisión de su plan de inversión de US$10.000 millones en Chile.


"BHP seguirá invirtiendo".


Otras grandes mineras fueron más tentativas, y algunos ejecutivos mineros se muestran escépticos de que la industria siga adelante con una inversión planificada estimada en $ 70 mil millones sin un estímulo adicional. 


Dado que las minas envejecidas de Chile producen menos cobre, los analistas señalaron que se necesitaba una mayor inversión minera para producir el aumento de ingresos deseado por el gobierno, incluso con la regalía más alta.


Los expertos de la industria están observando de cerca si la minera chilena Antofagasta (ANTO.L) decide invertir $3.700 millones para expandir su mina Centinela hacia fin de año.


Antofagasta no respondió a una solicitud de comentarios. En junio, el gerente general, Iván Arriagada, dijo a los medios locales que la empresa estaba reevaluando el proyecto porque la nueva regalía "sí impacta en la competitividad".


"Algunos proyectos en el margen tendrán que ser reevaluados para determinar si son viables o no", dijo Arriagada.


Freeport-McMoRan, uno de los mayores productores de cobre del mundo, ha dicho que suspenderá las decisiones de inversión en Chile debido a la incertidumbre política.


Boric ha prometido incentivos a la inversión. El gobierno está en conversaciones con empresas mineras y otras partes interesadas. Los mineros aún tienen que proporcionar una lista detallada de los incentivos que buscan.


Morel dijo que el gobierno debería acelerar y simplificar el proceso de obtención de permisos en el que los proyectos necesitan cientos de permisos y cada uno tarda meses en aprobarse. Dijo que el gobierno también debería ayudar a los mineros a navegar los espinosos problemas ambientales y de regulación indígena que pueden conducir a largos casos judiciales.


Los costos de energía son otra preocupación. La industria minera de Chile consume alrededor del 15% de la producción total de energía del país, y la Comisión Chilena del Cobre dice que la energía representa alrededor del 11% de los costos de las mineras. A la industria le gustaría que el gobierno aprobara regulaciones que reduzcan los costos de energía para los mineros.


PRODUCCIÓN EN DECLIVE


El aumento de las regalías mineras formaba parte de un plan de reforma fiscal más amplio que el Congreso rechazó en marzo. El gobierno de Boric espera aumentar los ingresos totales del cobre para el estado hasta el 0,45% del PIB o alrededor de $1.350 millones al año, utilizando los fondos para impulsar programas como cuidado infantil, seguridad, atención médica y educación.


Gustavo Lagos, profesor del departamento de minería de la Universidad Católica de Santiago, dijo que la nueva regalía podría no alcanzar su objetivo, ya que la mayoría de los nuevos proyectos se centran en compensar la disminución de la producción en lugar de aumentar la oferta.


“Creo que habrá inversión, lo que no creo es que crezca más la producción, nos será difícil pasar de los 6 millones de toneladas (métricas) en Chile y eso es lo que finalmente determina los ingresos”, dijo Lagos.


La oferta de cobre de Chile se ha reducido debido a la disminución natural de las leyes minerales de sus yacimientos más antiguos, retrasos en la puesta en marcha de proyectos, accidentes y otros problemas. La producción en 2022 totalizó 5,33 millones de toneladas métricas, por debajo del récord de 5,83 millones en 2018.


El gobierno está manteniendo conversaciones con grupos empresariales y otros actores políticos para una segunda oportunidad de reforma fiscal, y los mineros esperan que esto posiblemente aumente sus posibilidades de obtener incentivos.


Un ejecutivo minero, que pidió no ser identificado debido a la delicadeza del tema, dijo que el gobierno podría comprometerse más para tratar de impulsar futuras inversiones.


"Los (proyectos) que no se lleven a cabo van a llegar a un punto en que van a negociar con el gobierno y decir 'estoy haciendo este proyecto pero necesito otra garantía'", dijo el ejecutivo.

Chile: “Democracia y derechos humanos en Latinoamérica”

 


Séptimo Congreso Internacional de DDHH UCSH: por más democracia y custodia de los derechos humanos en Latinoamérica





La actividad, que cuenta con el patrocinio del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), tiene como objetivo promover, desde el ámbito académico, la protección y respeto de los derechos humanos en Chile y Latinoamérica, a través de la exposición de expertos/as en el área y ponencias seleccionadas en grupos de trabajo.


Desde el año 2016, la Escuela de Derecho de la Universidad Católica Silva Henríquez, con el apoyo de UNISAL-Brasil, ha organizado el Congreso Internacional de Derechos Humanos, una de las instancias institucionales más relevantes en esta materia, que coordina distintos estudios y experiencias académicas y de la sociedad civil respecto de la promoción, respeto y protección de los derechos humanos. La actividad cuenta con el patrocinio del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).


En su séptima versión, el Congreso Internacional de Derechos Humanos vuelve a ser la principal instancia de conversación, difusión y promoción de los derechos humanos en la Universidad Católica Silva Henríquez. Este año, la actividad lleva por título “Democracia y derechos humanos en Latinoamérica”, se realizará los días 16 y 17 de agosto de 2023, en Santiago de Chile


La conferencia de apertura estará a cargo del ministro de Justicia, Luis Cordero, mientras que la cátedra inaugural la realizará la Premio Nacional de Periodismo 2019, Mónica González Mujica.


“Esperamos que exista diálogo e intercambio entre estudiantes, docentes universitarios, grupos de investigación, centros académicos dedicados al estudio, investigación y difusión de los derechos humanos, además de organizaciones nacionales e internacionales y la comunidad en general”, expresa el director de la Escuela de Derecho UCSH, Dr. Armando Arteaga San Martín.


Existirán dos modalidades de participación: presencial para la exposición de expertos/as, e híbrido (presencial y virtual) para las ponencias en mesas de trabajos.


Este año el Congreso contará con 3 plenarios de discusión de expertos/as donde se dialogará sobre:

Democracia en Latinoamérica, abordando los tópicos Abuso del Estado de Derecho y Constitucionalismo Autoritario; Poderes políticos y DDHH; Corrupción y DDHH; y Procesos constitucionales en Latinoamérica.


Memoria y Derechos Humanos, espacio en que se tratarán los temas Tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes; Fuerzas de seguridad y DDHH; Procesos de paz en Latinoamérica; Justicia transicional y DDHH, Justicia penal internacional y DDHH);


Vulnerabilidad, discriminación y derechos humanos, espacio en que se tratará su impacto en grupos de especial protección como mujeres; niños, niñas y adolescentes; personas mayores, con discapacidades, migrantes y pueblos indígenas.


El intercambio de ideas y el enriquecimiento intelectual, social y cultural de estudiantes, académicos y asistentes, a través de experiencias nacionales y comparadas, son parte de los ejes de acción y objetivos de esta instancia.


2023/07/12

Chile: Acusadores presentaron sus argumentos para sostener el libelo en contra del ministro Ávila





Ante la Sala, la diputada Francesca Muñoz relató las consideraciones generales que se tuvieron a la vista para presentar la acusación constitucional, al tiempo que explicitó cada uno de los capítulos del libelo.





Con el debate de fondo se inició el análisis, en la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados, de la admisibilidad de la acusación constitucional presentada en contra del ministro de Educación, Marco Antonio Ávila. Ello, luego que la defensa del secretario de Estado no apelara a la denominada cuestión previa. Esto es, la impugnación de los requisitos formales para la formulación del libelo.

El debate partió con la exposición de los acusadores, representados por la diputada Francesca Muñoz (SOC). Expuso, en primer lugar, el contexto en el cual el actual Gobierno recibió la administración del Estado. Esto es, una postpandemia donde hubo un impacto relevante en el sistema educacional, debido a la limitante en la asistencia presencial a clases.


En tal escenario, remarcó, otros Estados dieron una preponderancia a recuperar el espacio perdido en materia de aprendizaje. Por el contrario, acusó que ello no se vislumbró en nuestro país, privilegiándose otras materias que acusó de orden “ideológico”.


Seguidamente, pasó a revisar en detalle cada uno de los siete capítulos del libelo acusatorio. El primero de ellos sostiene que hubo infracción a la Constitución y las leyes en el diseño, promoción e implementación de las “Jornadas Nacionales hacia una Educación no Sexista”.


En este marco, afirmó que se conculcaron gravemente derechos fundamentales: el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos y la libertad de conciencia. Para apoyar dicha visión enumeró un amplio listado de normas nacionales y acuerdos internacionales.


Criticó, además, que se presentó una forma específica de abordar la educación sexual y lo que se debe entender por educación no sexista. Ello, sin mecanismos que permitan respetar otras cosmovisiones valóricas y morales de abordar estas temáticas.


Capítulos 2 y 3





Respecto al capítulo 2, la diputada Francesca Muñoz observó una infracción de la Constitución y las leyes, en el diseño, promoción e implementación de orientaciones para el resguardo del bienestar de estudiantes con identidad de género y orientaciones sexoafectivas diversas en el sistema educativo chileno, junto con otras acciones y medidas en líneas similares.


Como en el caso anterior, se sostiene que se impone una única cosmovisión, sin espacio para otras convicciones morales. Asimismo, se refuta el desarrollo de actividades altamente cuestionables para los niños. Junto a ello, la infracción al derecho preferente que tienen los padres de educar a sus hijos en estas materias.


Luego, respecto del capítulo 3, dijo que se produce una triste paradoja con la implementación de la Política de Educación Inclusiva. Criticó que los estudiantes con discapacidad fueran excluidos de ella. En contraposición, advirtió un sesgo claro para favorecer a la comunidad LGBTQA+ y a los migrantes. Esto se verificaría, por ejemplo, en la página web de Educación Inclusiva, donde solo hay documentos y links relativos a los grupos mencionados.


De igual modo, sostuvo que tampoco existen planes específicos y concretos que permitan dar respuesta a distintas problemáticas relacionadas con la inclusión de estudiantes con discapacidad. Esto, refrendó, implica una inobservancia e infracción directa a las normas legales sobre inclusión de personas con discapacidad en el ámbito educacional. También representa un incumplimiento grave de compromisos adquirido en tratados internacionales sobre la materia.


Inacción y Junaeb





En el capítulo 4 se apuntó a una inacción de parte del ministro en temas relevantes de su cartera. Se mencionó, por ejemplo, inéditos niveles de ausentismo y deserción escolar. Igualmente, suspensión de actividades formativas; y el aumento notorio de hechos de violencia en distintos establecimientos.


Otros puntos criticados en este marco son la omisión de tender hacia un uso eficiente y eficaz de los recursos públicos que son dispuestos para abordar el problema de infraestructura de escuelas, colegios y liceos. Asimismo, un desincentivo sin justificación de la Red de Liceos Bicentenarios. Junto a ello, incumplimiento de la obligación de informar a las comisiones de Educación de ambas cámaras del Congreso.


“El ministro ha abandonado su rol de dirección y conducción, anteponiendo prioridades que distan mucho de las necesidades de los estudiantes”, se afirmó.


Situaciones vinculadas a la Junaeb se abordan en los capítulos 5 y 6. El primer punto refiere a un inserto en los cuadernos que se entregan a niños y adolescentes. En ellos había información vinculada con educación u orientación de tipo sexual, en particular, sobre educación no sexista. Esto, planteó la diputada, afecta el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.


El segundo tema es referente a los programas de Alimentación Escolar y de Alimentación de Párvulos. Acá se sostuvo que la Junaeb vulneró el mecanismos de fijación de la programación mensual de productos (PMP) en función de la programación referencial de productos alimenticios (PRP).


Según se detalla, le entidad fija o exige productos no previstos en la PRP y que se sirvan a establecimientos no contemplados en la programación. Igualmente, montos exigidos por fuera de la PRP considerablemente altos. Todo ello, afirmó, altera de manera sustancial el mecanismo de adquisición pública y los contratos suscritos en el proceso de adjudicación.


En ambos casos acusó incumplimiento manifiesto del ministro de Educación de sus deberes de supervigilancia y fiscalización.


Servicios locales de educación pública


Finalmente, explicó el séptimo capítulo, que refiere a negligencias graves e inejecución en el proceso de implementación de los Servicios locales de educación pública (SLEP).


Sobre el respecto, dijo que el ministro no cumplió su rol de superioridad jerárquica de la Dirección de Educación Pública. Dicha entidad no estaría realizando su papel de acompañamiento del proceso de implementación de los SLEP.


En particular, observó la implementación de dos de los seis nuevos SLEP, la cual calificó como ”crítica”. Son los de Licancabur y Maule Costa. En ellos no existiría la dotación funcionaria implementada, ad portas del traspaso, ni oficinas ni equipamiento.


También cuestionó a los SLEP de Valparaíso y de Atacama, donde existirían diversos problemas de funcionamiento y de carácter presupuestario.


El análisis de admisibilidad de la acusación continúa ahora con la presentación de los argumentos de la defensa del ministro Ávila, Francisco Cox.


Chile: Inician aprobación de primeras normas espejo del proyecto de reforma al sistema de pensiones

 

La Comisión de Trabajo respaldó los primeros cambios a la reforma de pensiones, referidos a las adecuaciones del decreto 3.500, que hoy se encuentran contenidas en la actual legislación.





Pese a no existir acercamientos en materia de porcentajes de cotización, ni en otros aspectos de fondo, la Comisión de Trabajo avanzó el trámite del primer paquete medidas (de un total de cuatro), que comprenden la reforma al sistema de pensiones. (boletín 15480)


En concreto, se trató de adecuaciones de lenguaje y código. En específico estos cambios se refieren a modificaciones en el decreto 3.500, actualmente vigente.


El paquete de artículos que comenzó a analizarse, se divide entre 9 normas iguales y 9 normas que cambian hacia un lenguaje inclusivo. En tal sentido, estas vienen a confirmar que las afiliadas y pensionadas son precisamente las personas que más perjudicadas han resultado con el actual sistema previsional.


Las normas espejo aprobadas son propuestas en las que el oficialismo estimaba que no habría conflicto, dado que se trata de temas hoy incluidos en la legislación.


Sin embargo, la aprobación no contó con los votos de la oposición, ya que esta estimó que respaldar dichas normas significaría la derogación implícita del DL 3.500.


A ello se agrega la imposibilidad de llegar a acuerdo en el resto de los temas de fondo, lo que augura un complejo trámite para los aspectos más polémicos, como la separación de la industria, el componente social del 6% por parte del empleador y el futuro de las cuentas nocionales o sistema de reparto.


Bases de la reforma






La reforma tiene como primer y gran objetivo aumentar en forma efectiva y financieramente sustentable las pensiones de los actuales y futuros pensionados y pensionadas de nuestro país.


Para cumplir este objetivo, propone aumentar el monto y la cobertura de la Pensión Garantizada Universal, a través del aumento gradual de la PGU a $250 mil, desde los $194 mil actuales.


El texto legal establece una nueva cotización de los empleadores y la creación del Seguro Social Previsional. Se implementará de forma gradual hasta completar un 6% de la renta imponible. Con esta cotización se construirá el Fondo Integrado de Pensiones que creará el Seguro Social.

Además, incorpora una reorganización de la industria en el Pilar Contributivo. El objetivo es mejorar la eficiencia del Pilar Contributivo y elevar las pensiones.


Para ello, contempla la creación de un Inversor de Pensiones Público y Autónomo (IPPA) y de Inversores de Pensiones Privados (IPP). La nueva entidad pública gestionará de forma exclusiva el Seguro Social, al que se destinarán los aportes del 6% que haga el empleador. Además, competirá con los inversores privados (los IPP) por la administración de la cotización del 10,5% del trabajador.



Chile: Indagan irregularidades en corporaciones de Vitacura

 


La Comisión Investigadora conformada para tal efecto se encuentra analizando los hechos registrados en Vitacura entre los años 2008 y 2021.










La Comisión encargada de reunir antecedentes relativos a los actos de Gobierno, en relación con el funcionamiento de las organizaciones comunitarias funcionales y corporaciones municipales de Vitacura, continuó su ronda de audiencias.


La instancia investiga los hechos ocurridos con las corporaciones denominadas Consejo Local de Deportes, Vita Pass, Vita Emprende, Vita Salud y Vita Deportes.



En la oportunidad expuso, en primer término, Eugenio Campos, Director de la Unidad Especializada Anticorrupción e Infracción a la Probidad y Lavado de Activos, de la Fiscalía Nacional.



Campos relató el estado de la causa que tiene seis personas en calidad de imputados, entre ellos el ex alcalde de Vitacura, Raúl Torrealba.



Recordó que el Ministerio Público dio cuenta en la audiencia de formalización de un monto defraudado aproximado de 750 millones de pesos. Sin embargo esta cifra puede aumentar ya que hay otros peritajes contables que se están desarrollando y que podrían modificar el monto.



También compareció ante la comisión, Marcelo Freyhoffer, subdirector jurídico del Servicio de Impuestos Internos. Recordó que el Servicio inició en este caso un proceso de recopilación de antecedentes, para ver si se justificaba o no la presentación de una acción penal por delito tributario.



Fue así como se constató una aserie de irregularidades que involucraban a la municipalidad de Vitacura y a una serie de corporaciones afines. Ello dio pie a las acciones judiciales que están en curso.



Agregó que si bien la querella se dirige contra el ex alcalde Raúl Torrealba, está presentada también contra todos aquellos que resulten responsables. Dicha situación podría aumentar también el número de imputados.



Antecedentes Comisión Investigadora por caso Vitacura



La instancia la solicitaron 66 diputados y diputadas. Específicamente, se espera que aborde la situación de las corporaciones VitaPass, Vita Emprende, Vita Salud y Vita Deportes. Todas ellas corresponden a la comuna de Vitacura. El periodo de las indagatorias será entre los años 2008 y 2021.



Para su trabajo deberá reunir antecedentes relativos a los actos de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior. Asimismo, de los ministerios del Deporte y de Salud. Además, de la Dirección del Trabajo, del Servicio de Impuestos Internos y de la Corporación de Fomento de la Producción.



Su informe deberá ser rendido en un plazo no superior a 90 días y para el desempeño de su mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.