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2013/11/12

CHILE:REFORMA CONSTITUCIONAL PROPONE OBLIGAR A LOS SENADORES A RESIDIR EN LA REGIÓN QUE REPRESENTAN

La moción, ingresada a trámite por un grupo transversal de diputados, considera que para ser senador de una región es necesario tener pertenencia, compromiso e identidad con la zona.



Buscando restituir el espíritu planteado en el texto de la Carta Fundamental de 1989, un grupo transversal de diputados, encabezados por Gastón Von Mühlenbrock (UDI), presentó un proyecto  que modifica el artículo 50 de la Constitución Política de la República, incorporando la obligación para los senadores de residir dos años en la región que representan, contados hacia atrás desde el día de la elección.

La moción, enviada a la Comisión de Constitución para su análisis, fue ingresada el 16 de octubre por el diputado Von Mühlenbrock junto a sus compañeros de bancada Carlos Recondo, Manuel Rojas, David Sandoval, Ignacio Urrutia y Carlos Vilches y a los diputados PPD Enrique Accorsi; PS Alfonso De Urresti; PRSD Fernando Meza; y DC Patricio Vallespín
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Los legisladores recordaron que el texto de la Constitución de 1980 establecía en su artículo 46, que para ser elegido senador se requería ser ciudadano con derecho a sufragio, tres años de residencia en la respectiva región contados hacia atrás desde el día de la elección, haber cursado la Enseñanza Media o equivalente y tener cumplidos 40 años de edad el día de la elección.

Luego, acotaron, en 1989, la Ley 18.825 sustituyo el plazo de tres años por dos, en tanto que en 2005, una nueva modificación (Ley 20.050) definió el actual texto y eliminó la obligación de residencia en la respectiva región y disminuyó la edad para postular al cargo (35 años).

“Se considera necesario restituir el antiguo requisito de residencia en la respectiva región, para quienes deseen postular a este cargo, pues para ser senador de una región es necesario tener una pertenencia, un compromiso, una identidad y, en general, una historia de vida dentro de la misma, no se puede pretender que una persona represente a una región que no conoce y en la que no reside”, recalcaron los parlamentarios.

Indicaron que el argumento que con más fuerza se esgrimió para realizar la reforma de la Ley 20.050 fue que el Senado, a diferencia de la Cámara de Diputados, históricamente ha sido un órgano político central y no requiere una relación más estrecha con las regiones, como los diputados, quienes son representantes distritales. El Senado representa a la nación y no a una determinada región.

Sin embargo, acotaron, el legislador de la época olvidó que, si bien los senadores son de la República, representan a una región y las regiones necesitan en el ámbito senatorial representantes que tengan un claro conocimiento e identidad con las mismas, ya que para representarlas bien, es necesario haber vivido en ella y seguir haciéndolo mientras se ejerce el cargo.

“Los términos del actual artículo 50, evidencian cierto menosprecio a las aptitudes y capacidades de los habitantes de regiones para postular al Senado y representarlas. Esta situación nos parece manifiestamente injusta, puesto que las regiones merecen ser representadas por gente que ha nacido en ellas y que comparta los intereses de sus habitantes. Si buscamos crear un Chile más regionalista, no se puede permitir que existan senadores que representen a una región en la que nunca han vivido”, sentenciaron.

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