La moción propone, entre otros, modificar la ley de Copropiedad Inmobiliaria para asegurar la libre contratación de estos servicios.
La Comisión de Economía será la encargada de visar el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que protege la libre elección en los servicios de cable, internet o telefonía.
Asimismo, añade en la ley 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, que “las edificaciones nuevas deberán contar con al menos dos ductos para la conexión de los servicios de distribución, tales como telefonía fija, internet, televisión y otros. El propietario, arrendatario u ocupante del inmueble tendrá siempre el derecho a elegir libremente la contratación de estos servicios, y le serán inoponibles los acuerdos que sobre el particular adopten la asamblea de copropietarios o el Comité de Administración”.
COMUNICACIONES NECESARIAS
Entre los argumentos de la moción están que “el aumento en el poder adquisitivo y la popularización de la tecnología por su disminución de precios, ha hecho asequibles servicios que hasta hace no muchos años eran privativos de clases acomodadas. Así las cosas, hoy por hoy internet ha dejado de ser un lujo, convirtiéndose en una necesidad, de tal manera que las comunicaciones necesarias para la moderna sociabilidad se hacen más fáciles, baratas y alcanzables”.
Asimismo, se hace presente “que es práctica habitual en algunas administraciones o inmobiliarias el realizar acuerdos con determinadas compañías de telefonía o cable. Ello se traduce en la imposibilidad de optar por compañías diversas (…)”.
Ante esto, “claramente los monopolios y oligopolios constituyen una falla de mercado, limitando la posibilidad de elegir entre productos y servicios”, se desprende del texto legal.
Por estas, y otras razones, los autores de la moción, consideraron “necesario regular en específico la provisión de servidos de cable, internet o telefonía fija y la libertad de elección. Lo anterior puesto que sea que las negociaciones entre inmobiliarias y proveedoras de servicios impliquen que materialmente se terminen excluyendo a la competencia (…)”.