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2015/10/28

Chile:Ministro Álvaro Mesa Proceso a Dos Carabineros (R) Como Encubridores de Homicidio Calificado



El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa Latorre, sometió a proceso a los carabineros en retiro Luis Arnoldo Becerra Jaramillo y a Guillermo Fabio Muñoz Rodhe, como encubridores del delito de homicidio calificado de Guillermo Hernández Elgueta, perpetrado en la comuna de Toltén, en octubre de 1973.


Ministro Álvaro Mesa Latorre




Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, ministro decretó la prisión preventiva para Luis Arnoldo Becerra Jaramillo y Guillermo Muñoz Rodhe, quienes ingresaron a la Segunda Comisaría de Carabineros de Temuco.
 


El ministro Álvaro Mesa logró establecer:


"A.- Que luego del 11 de septiembre de 1973, producto de una orden emanada en todo el país para las instituciones armadas y de orden, la Tenencia de Carabineros de Toltén aumentó su dotación, ya que se recogieron las unidades inferiores, debiendo los uniformados pernoctar en la unidad, pues la orden los obligaba a permanecer en estado de acuartelamiento o grado 1. A raíz de lo expuesto, hubo una restructuración en el mando de la Tenencia citada, quedando como jefe de ella el Sargento 1° Manuel Jesús Verdugo Reyes, quien hasta esa fecha se desempeñaba como jefe del Retén de la localidad de Queule.



B.- Que en el mes de octubre de 1973, Guillermo Hernández Elgueta, 30 años, Subdelegado de Cunco, fue detenido en la localidad de Comuy por funcionarios de la Tenencia de Toltén, a raíz de una orden emanada de la superioridad, siendo trasladado hasta la unidad policial de Toltén.



C.- Que siguiendo la línea descrita en el párrafo anterior, Guillermo Hernández Elgueta, durante la noche , mientras se encontraba detenido en la Tenencia de Carabineros de Toltén, fue herido a bala en la región torácica, por el Sargento 1° Haroldo Hernández, sin motivo alguno. En ese momento, dentro de la Tenencia, pernoctaban los funcionarios policiales dependientes de ella, incluso aquellos agregados desde unidades inferiores a raíz de la orden descrita en el primer párrafo. Al escuchar el disparo, algunos de los uniformados se levantaron, entre ellos Juan Alfonso Prado Ponce, el carabinero que participó en la aprehensión de Guillermo Hernández, pudiendo apreciar el cuerpo de éste tendido en el suelo y con rastros de sangre a su alrededor.



D.- Que luego de ocurrido este hecho, la superioridad de la Tenencia se percató del estado de Hernández Elgueta, siendo trasladado hasta el hospital de Toltén en una camioneta conducida por el carabinero Juan Alfonso Prado Ponce e ingresado de inmediato a la morgue, por su condición de fallecido. En aquel lugar, obligaron al director, Aurelio Soto Donoso, de profesión médico general, efectuar la autopsia al cuerpo de Hernández Elgueta, percatándose que éste presentaba alrededor de cinco heridas a balas por la espalda, logrando extraer los plomos de cada una de ellas, para luego ser entregados a los carabineros que concurrieron a retirar el cuerpo desde ese lugar. 



E.- Que posteriormente un funcionario policial concurrió donde el entonces alcalde de Toltén, Ernesto Lobos Virano, para ordenarle que se hiciera cargo del cuerpo de Hernández Elgueta, sin entregarle detalles de su identidad ni las circunstancias de su muerte. Acatando la orden del uniformado, el alcalde encargó la confección del ataúd a dos funcionarios municipales – Jorge René Cortés Cruces y José Belisario Valdebenito Bravo- quienes posteriormente, con ayuda de dos carabineros de la Tenencia de Toltén, depositaron el cuerpo de Hernández Elgueta en él y lo condujeron hasta el cementerio de la comuna, lugar donde fue sepultado sin ningún nombre. A la inhumación concurrieron al menos siete uniformados de la Tenencia, entre los que se encontraba el Sargento 1° Haroldo Hernández y los dos carabineros que cooperaron en el retiro del cuerpo desde la morgue del hospital, siendo trasladados hasta ese lugar en un microbús conducido por Reynaldo Levillán Isla, que pertenecía a la Municipalidad de Toltén y que luego del 11 de septiembre de 1973 era estacionado diariamente al interior de la mencionada Tenencia.



F.- Que según certificado médico de defunción y su posterior inscripción, el deceso de Guillermo Hernández Elgueta se habría producido por heridas a bala" concluye la investigación.



El ministro Álvaro Mesa Latorre fue designado instructor de causas DD.HH. en lugar del ministro Fernando Carreño a partir de septiembre del año 2011. Al momento de asumir, recibió 41 causas en estado de sumario. Actualmente conoce de 113 causas que tienen un total de 290 tomos, de las cuales 9 se encuentran en la etapa de plenario; 5 han sido falladas. Aparte de estas causas 5 has sido sobreseídas.



En Total registra 64 autos de procesamiento a la fecha, existiendo 113 personas sometidas a proceso y 40 acusadas. En su labor investigativa, el ministro instructor de la Corte de Apelaciones de Temuco es asistido por tres actuarios judiciales y 8 detectives de la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones de Chile.

Chile:Ministro Jaime Arancibia Sometió a Proceso a 7 Funcionarios en Retiro de la Policía de Investigaciones por Diversos Delitos en Contra de Jesé Lazcano



El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso siete ex integrantes de la Policía de Investigaciones, en calidad de autores y cómplices de los delitos de secuestro, muerte e inhumación ilegal de José Lazcano Campos, ilícitos ocurridos durante junio de 1983 en Los Andes y sectores entre La Ligua y Los Vilos.


Presidente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto




La resolución establece el procesamiento de Ángel Bustos Farías, Hernán Díaz Carreño, Luis Pantoja Canales, Felipe Hinojosa Sánchez y Fabio Lira Guzmán, en calidad de autores, y de Jorge Manríquez Fernández y Pedro Leva Denegri, como cómplices, de los delitos de secuestro, muerte e inhumación ilegal de José Lazcano Campos.



Respecto a los hechos y conforme a los antecedentes consignados en la causa, se pudo establecer que durante junio de 1983, en circunstancias que la víctima José Lazcano Campos "se encontraba detenido en el Cuartel de la Comisaría Judicial de Los Andes de la Policía de Investigaciones de Chile, en los recintos de calabozos, fallece a consecuencia de los maltratos recibidos en un interrogatorio por el personal policial. 





Para evitar que se conociera su muerte, el cadáver fue trasladado en horas de la noche por los efectivos policiales en un carro policial, hasta un sector determinado de la zona Norte, entre los sectores de La Ligua y Los Vilos, para ser inhumado de forma ilegal, no pudiendo determinarse, a la fecha, el lugar exacto donde yacen sus restos".