Páginas

2023/09/26

Chile: Tribunal ordena al ex jefe del Ejército a pagar multa de 1 UTM por agredir a militar en retiro y suspende su pago

 

La determinación del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago se basó en una presentación de la Fiscalía Oriente que consideró que la falta estaba consumada, pese a que el ex uniformado aseguró que solo se defendió luego que un transeúnte lo llamara “traidor” y “ladrón” por afirmar que Pinochet era el responsable de los crímenes de la dictadura. 




La sanción fue suspendida por el tribunal atendido que tiene irreprochable conducta anterior, pero durante los próximos seis meses, no podrá tener problemas con la justicia
.





El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago -el 21 de septiembre pasado- aplicó al ex comandante en jefe del Ejército, Ricardo Martínez Menanteau, a pagar una multa de 1 UTM ($63.452) a beneficio fiscal, por las lesiones que provocó al militar (r) Edwin Bodero, el pasado 8 del mismo mes. (Lea acá la resolución judicial).

En esa oportunidad la versión de Martínez apuntó que el sujeto lo llamó “traidor” y “ladrón”, en el contexto de la conmemoración del golpe militar de 1973, luego que en radio Cooperativa aseguró: "La responsabilidad de todo la tiene Pinochet". Sus dichos, además, se enmarcaron en la publicación de su libro Un Ejército para todos, donde hizo una dura crítica al régimen cívico militar.

En esa oportunidad la versión de Martínez apuntó que el sujeto lo llamó “traidor” y “ladrón”, en el contexto de la conmemoración del golpe militar de 1973, luego que en radio Cooperativa aseguró: "La responsabilidad de todo la tiene Pinochet".

Martínez agregó que durante la discusión, Bodero aludió al padre de este último, quien fue condenado por malversación de caudales públicos. Ante la afrenta y un intento de golpearlo -insistió- solamente se defendió, ya que iba acompañado de su esposa.Bodero recurrió a Carabineros y estampó una denuncia y el parte médico estableció lesiones leves.
Hecho consumado

Pudo ser un conato más, pero la Fiscalía Oriente estimó que, más allá de las explicaciones del uniformado en retiro, la falta estaba consumada, ya que Martínez no presentaba lesiones.

El caso estuvo a cargo del prosecutor Wally Schuster, quien ingresó un escrito al mentado tribunal innovando la aplicación de un “procedimiento monitorio”. Básicamente que un imputado acepte responsabilidad, se le imponga una multa y que mantenga buena conducta -en este caso- durante un plazo de seis meses. En la presentación, en todo caso, se relatan hechos distintos a los invocó Martínez, cuando se conoció el hecho por Radio Bío Bío. (Lea acá el escrito de la fiscalía).

“(...) el requerido (Martínez) procede a increparlo, iniciando una discusión, para posteriormente agredirlo con golpes de puños y pies. Producto de lo anterior, la víctima resultó con lesiones de carácter leve”.

Según el escrito de Schuster, Martínez procedió “a agredir a la víctima (...) en circunstancias que el denunciante se encontraba transitando por la vía pública, específicamente en Av. Las Condes”. Y agrega: “(...) el requerido (Martínez) procede a increparlo, iniciando una discusión, para posteriormente agredirlo con golpes de puños y pies. Producto de lo anterior, la víctima resultó con lesiones de carácter leve”. Estas últimas, básicamente, fueron moretones en distintas partes del cuerpo.

La magistrada Ximena Rivera ponderó los hechos expuestos por Schuster. En los considerandos de su resolución, acogió el “procedimiento” monitorio” solicitado por el Ministerio Público y ordenó, en el primer razonamiento, que Martínez pagara la multa.

A renglón seguido, la jueza Ximena Rivera, acreditó que su decisión puede ser recurrida por Martínez dentro del plazo de quince días a contar de la determinación, en cuyo caso se llamará una audiencia de juicio. De ser así, el Ministerio Público ofreció a dos testigos: el propio Bodero y al profesional de la salud quien acreditó las lesiones en un centro asistencial.

La decisión de la magistrada Rivera explica además que si Martínez paga antes de los 15 días y no recurre, recibirá un 25 % de descuento. De no acatar, el tribunal podrá ordenar -se lee en la resolución- “la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad”.

La magistrada estimó al mismo tiempo que Martínez posee irreprochable conducta anterior y, en ese sentido, resolvió sustituir la pena y reemplazarla por seis meses de buen comportamiento.Sin embargo, si Martínez no está de acuerdo, “el tribunal impondrá la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de unidad tributaria mensual a que ha sido condenado, no excediendo la prisión más de seis meses”.


Pese al razonamiento anterior, la magistrada estimó al mismo tiempo que Martínez posee irreprochable conducta anterior y, en ese sentido, resolvió sustituir la pena y reemplazarla por seis meses de buen comportamiento.

Hay que recordar que el día de los hechos Martínez amenazó con presentar acciones legales, pero hasta el cierre de esta edición no aparecen ingresadas en el sistema del Poder Judicial.