La Corte Suprema confirmó la condena de cuatro agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Amelia Bruhn Fernández, ilícito perpetrado a partir del 4 de octubre de 1974, en la Región Metropolitana.
En fallo dividido , la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Miilton Juica, Carlos Künsemüler, Haroldo Brito, Lamberto Cisterrnas y Jorge Dahm- ratificó las penas dictadas en contra de Miguel Krassnoff Martchenko, de 7 años de presidio; y César Manríquez Bravo, Orlando Manzo Durán y Ciro Torré Sáez, a 5 años y un día de presidio.
El fallo de primera instancia, dictado por el ministro en visita Mario Carroza, dio por establecido que al mediodía del 4 de octubre de 1974, "(…) agentes armados vestidos de civil pertenecientes a la DINA, brigada "Caupolicán", grupo "Halcón", luego de allanar el departamento donde vivía la víctima Amelia Bruhn Fernández, fueron a buscarla a su lugar de trabajo, una empresa de decoración de interiores, ubicada en calle Catedral Nº 2808 de Santiago Centro, y al enterarse por el dueño de la empresa que concurriría más tarde, los agentes deciden esperarla y al llegar la detienen junto a una amiga que la acompañaba, las interrogan y luego las trasladan al centro de reclusión clandestino de calle José Domingo Cañas, denominado cuartel Ollagüe (…)".
En el cuartel, continúa, "(…) las someten a torturas e interrogatorios, al día siguiente dejan libre a su amiga y a ella, luego de intensos interrogatorios, la llevan al centro de prisiones secreto de Cuatro Álamos, donde la mantienen en una celda junto a otras detenidas, en calidad de incomunicadas, posteriormente vuelven a llevarla a José Domingo Cañas, hasta que un día, sus compañeras se dan cuenta que unos agentes van a buscarla a ese lugar y una vez que la identifican, le señalan que no es necesario que lleve nada porque regresaría, pero la traslada a un destino desconocido, siendo esa oportunidad, la última vez que la ven con vida".
Lamberto Cisternas
Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Cisternas.