El ministro en visita Hernán Crisosto condenó al general en retiro de Carabineros Sergio Jiménez Albornoz a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de homicidio calificado de Leopoldo Raúl Benítez Herrera , ocurrido en Santiago el 17 de septiembre de 1973.
Leopoldo Benítez Herrera fue secuestrado de la casa de sus suegros en 1973.
El magistrado determinó que: "El día 17 de septiembre de 1973, alrededor de las 20:00 horas, rigiendo ya el "Toque de queda", que decretó la Junta Militar que había depuesto días antes al gobierno constitucionalmente constituido, y en circunstancias que Leopoldo Raúl Benítez Herrera, Profesor de Facultad de Arquitectura de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y simpatizante de izquierda, se encontraba en el domicilio de sus suegros ubicado en calle Los Olmos Nº2930, actual comuna de Macul, se produjo un allanamiento al domicilio, por un grupo de efectivos pertenecientes a la Escuela de Suboficiales de Carabineros, en esa época denominada Centro de Perfeccionamiento de Suboficiales, al mando de un oficial, quienes en el marco de una selectiva represión a simpatizantes del gobierno depuesto, procedieron a llevarse a Benítez, en contra de su voluntad, en una micro tripulada por efectivos de la misma institución, lo que fue presenciado por familiares que le acompañaban en el hogar", dice el fallo.
Agrega que: "a los pocos minutos que se llevaran a Leopoldo Benítez Herrera, familiares escucharon una ráfaga de metralleta. Que el día 24 de septiembre de 1973, el cuerpo sin vida de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, fue encontrado por familiares en el Servicio Médico Legal de Santiago, siendo la causa de muerte según el informe de autopsia "múltiples heridas a bala", constando de los antecedentes que el cuerpo fue encontrado por militares en la vía pública alrededor de las 01:00 horas del día 18 de septiembre de 1973, con heridas de bala
En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $ 310.000.000 (trescientos diez millones de pesos) a los familiares de la víctima por daño moral.