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2023/08/23

Chile: Constituyen comisión que investigará eventuales privilegios a grupos de la población penal

 


La instancia indagará la existencia de privilegios en el trato y otorgamiento de beneficios a determinados grupos de la población penal en la Araucanía, así como el registro de graves vulneraciones a los derechos del personal de Gendarmería de Chile.





Con la adopción de importantes acuerdos, se constituyó la Comisión Investigadora encargada de indagar la existencia de eventuales privilegios a ciertos grupos de la población penal.


La instancia deberá reunir información sobre los actos del Gobierno en torno a estos hechos, en particular, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. En concreto se pide analizar el presunto uso abusivo, o interpretación errónea, de los beneficios intra penitenciarios entregados.


El grupo parlamentario eligió como su presidenta a la diputada Flor Weisse (UDI). Asimismo, fijó como días de sesión los martes a las 08:30 horas, sin perjuicio de citaciones extraordinarias que se pudieran realizar.


Los primeros invitados serán el director nacional de Gendarmería, Sebastián Urra; y el director regional de la Araucanía de dicho organismo, Alberto Figueroa.


Cabe recordar que la comisión investigará las graves vulneraciones a los derechos del personal de Gendarmería de Chile, especialmente las ocurridas en el CDP de Angol, región de la Araucanía, el pasado 7 de mayo de 2023.


En esa jornada, un oficial y dos suboficiales de Gendarmería fueron retenidos por reclusos, por cerca de 1 hora con 15 minutos. Lo anterior como un reclamo, por no haber podido recibir la visita de familiares.


Dichos incidentes los protagonizaron grupos radicales de la población penal, vinculados al conflicto mapuche, según confirmó la propia Asociación Nacional de Funcionarios Penitenciarios (ANFUP).


El texto pide ponderar las condiciones particulares que se viven en algunas cárceles del país. Ello frente a las garantías o privilegios otorgados a algunos reos que cumplen condena en los diversos recintos carcelarios del territorio nacional. Lo anterior porque esto atentaría completamente contra uno de los pilares de la democracia, que es la igualdad ante la ley.


La comisión cuenta con un plazo no superior a 90 días para entregar su informe a la sala. Para el cumplimiento de su mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.


El presidente chileno, Gabriel Boric, está luchando por la reforma de los códigos tributarios.

 


El presidente chileno, Gabriel Boric, está luchando por replicar el éxito de otros líderes de izquierda latinoamericanos en la reforma de los códigos tributarios después de prometer como candidato en 2021 emprender una reestructuración del sistema de libre mercado de su país.




Impulsado a su cargo por una revuelta popular por las deficiencias del antiguo consenso económico ortodoxo de Chile, Boric fue parte de una marea rosa de líderes sudamericanos elegidos sobre plataformas que prometían un mayor gasto social y otras políticas para reducir la desigualdad.


El presidente colombiano Gustavo Petro pudo aprobar una reforma tributaria en los primeros meses de su administración y el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, ha tenido un éxito temprano en hacer lo mismo.


Boric, sin embargo, se ha enfrentado a un ascenso más difícil al aprobar un proyecto de ley fiscal que considera clave para financiar inversiones en atención sanitaria, educación, transporte público y otros elementos de la ambiciosa agenda económica y social de su gobierno.


En marzo, los legisladores rechazaron una propuesta legislativa inicial, que incluía aumentos para las personas con altos ingresos y habría generado ingresos equivalentes al 2,7% del PIB del país.


El ministro de Finanzas, Mario Marcel, que ayudó a aprobar un proyecto de ley de regalías mineras a pesar de la oposición inicial de la industria y los inversores, se ha estado reuniendo con líderes políticos, grupos empresariales y otros para conseguir apoyo para un proyecto de ley fiscal revisado.


Esa versión, que se espera que sea reducida e incluya medidas para reducir la evasión fiscal y el uso de mano de obra informal, así como aumentar los incentivos a la inversión, enfrenta un futuro incierto.


A diferencia del proyecto de ley de regalías mineras, la reforma fiscal propuesta requerirá una mayoría de dos tercios en el Senado controlado por la oposición antes de poder enviarse a la cámara baja del Congreso. Boric quiere que el Senado aborde el proyecto de ley a finales de este mes.


"Hoy, esos votos no están ahí", dijo José García Ruminot, un senador conservador, quien agregó que el gobierno de Boric tendría que esperar hasta el próximo año para intentar que se apruebe un proyecto de ley tributario.


Esa tarea puede resultar hercúlea a la luz de una desaceleración económica y reveses políticos que han llevado a una fuerte caída en el apoyo público al gobierno.


Un repunte en la suerte de la derecha política y un escándalo reciente que llevó a los fiscales a investigar a funcionarios de alto rango en la administración de Boric por posible malversación de fondos o fraude fiscal han nublado aún más la agenda de reforma fiscal.


El gobierno de Boric ahora enfrenta la difícil tarea de convencer al país de que no malversará los fondos públicos, además de lograr que la oposición se sume a los aumentos de impuestos durante una recesión económica, dijo Nicholas Watson, director gerente de Teneo Consultancy en Londres.


SENDERO RESBALADIZO


Boric no es el primer líder de izquierda que encuentra resbaladizo el camino hacia la reforma tributaria en Chile, un país que ha atribuido en gran medida su éxito económico a las políticas de libre mercado.


La expresidenta Michelle Bachelet enfrentó oposición en su intento de aprobar un proyecto de ley en un congreso dividido en 2014, lo que llevó a su gobierno a retirar muchas propuestas de aumentos de impuestos y otras medidas para asegurar su aprobación.


El esfuerzo de Boric en ese sentido recibió un duro golpe en septiembre pasado cuando los votantes rechazaron ampliamente una nueva constitución progresista que él había respaldado y que había dominado los primeros días de su administración.


"El gobierno de Chile contaba con que se aprobara la nueva constitución", dijo Andrés Pardo, analista jefe para América Latina de XP Investments en Bogotá. "Y si eso hubiera sucedido, el ambiente político sería diferente ahora".


El senador Ricardo Lagos Weber, legislador oficialista de centro izquierda que preside la Comisión de Finanzas del Senado, dijo que si bien la situación actual es difícil, "el gobierno no puede paralizarse y debe seguir adelante con las votaciones".


Muchos inversionistas y líderes empresariales chilenos que se oponen a la reforma tributaria advierten que la aprobación de incluso un proyecto de ley suavizado podría dañar la economía y apuntar otra daga a su clave sector minero. Los analistas dicen que ha habido una caída en la inversión y extracción minera en Colombia desde que se aprobó su reforma tributaria.


La oposición a los planes de gasto del gobierno de Lula también ha obligado a su gobierno a adaptar su propuesta de reforma para centrarse en simplificar el código tributario actual y fusionar múltiples impuestos en un solo impuesto al valor agregado.


"Será difícil para el gobierno (chileno) contrarrestar este razonamiento dado que la opinión pública se ha vuelto contra Boric y (su coalición)", dijo Watson de Teneo Consultancy.


Inundaciones dejan muertos y miles de damnificados en Chile

 


Dos personas murieron el lunes a causa de las inundaciones en la región centro-sur de Chile, mientras que miles más fueron evacuadas o quedaron sin hogar debido a las peligrosas lluvias que azotaron comunidades aisladas.




El presidente Gabriel Boric declaró el estado de catástrofe el lunes mientras visitaba una de las zonas más afectadas, unos 250 kilómetros (155 millas) al sur de la capital Santiago.


A fines de junio, las áreas circundantes experimentaron algunas de las lluvias más intensas en tres décadas, exacerbadas por el patrón climático de El Niño que ha provocado inviernos y primaveras más lluviosos en la parte centro-sur de Chile, así como temperaturas más cálidas.


Los meteorólogos esperan que caigan más lluvias en esta zona montañosa, lo que, según las autoridades, aumenta el riesgo de inundaciones y deslizamientos de tierra.


Más de 26.000 personas siguen sin acceso a los servicios básicos y casi 34.000 han sido evacuadas, según la agencia chilena de desastres Senapred. Unas 38.000 personas se encuentran sin electricidad en la zona afectada que alberga comunidades agrícolas rurales.





"Hay tres vehículos en mi ventana y los muebles están destruidos", dijo a la prensa Silvia Rojas, cuya casa había sido gravemente afectada.


Boric pidió a los chilenos cumplir con las órdenes de evacuación, dado que gran parte de la región está en riesgo de que los ríos se desborden.


"Cuando se reciben estos mensajes, no es una broma, hay que evacuar inmediatamente", dijo el presidente el lunes.


La temporada invernal ha sido agitada en Chile, con temperaturas inusualmente altas y las tormentas más intensas en décadas, dejando a miles de personas sin hogar y carreteras bloqueadas en la zona centro-sur del país.


El gobierno también había declarado estado de catástrofe en junio cuando el clima severo afectó a la mina El Teniente, la mina de cobre más grande administrada por la estatal Codelco. No ha habido interrupciones en la actividad minera tras las tormentas de los últimos días, según la empresa.



2023/08/17

Codelco de Chile en riesgo de insolvencia a medida que crece la deuda, según informe de CESCO

 


Codelco de Chile, el mayor productor de cobre del mundo, está en riesgo de insolvencia debido al aumento de los costos y una creciente deuda derivada de proyectos que no alcanzaron los objetivos de producción, dijo el Centro de Estudios del Cobre y la Minería de Chile (CESCO) en un informe visto por la prensa.






En una rara intervención, el influyente organismo de la industria -financiado con los ingresos de los eventos que organiza- dijo que los sobrecostos en proyectos para mejorar cinco de las minas de Codelco, conocidos como "proyectos estructurales", podrían significar que su deuda probablemente alcance los $30 mil millones para 2030 de $ 18 mil millones ahora.


"Codelco mantiene una sólida posición financiera y un amplio acceso a los mercados financieros, como lo confirma nuestra alta calificación crediticia", dijo Codelco en respuesta a una solicitud de comentarios.


“Controlar el crecimiento futuro de la deuda es un importante foco de atención que… está determinado por la evolución de los proyectos de inversión y el desempeño de las operaciones, áreas en las que estamos poniendo el mayor esfuerzo”.


El informe, publicado a los miembros de CESCO a principios de este mes, surge luego de la renuncia en junio del presidente ejecutivo de Codelco, Andre Sougarret, quien renunció a fines de agosto, solo un año después de asumir el cargo. Sougarret citó "complejidades" en torno al negocio.


En el corazón de la industria minera de Chile, Codelco necesita revivir su producción de cobre desde un mínimo de 25 años.


La producción del año pasado de 1,46 millones de toneladas métricas representó el 28% de la producción total de Chile de 5,33 millones de toneladas. Los suministros mundiales de cobre totalizaron alrededor de 25 millones de toneladas.


CESCO dijo que la producción de Codelco cayó a pesar de la inversión de US$15.000 millones en productos emblemáticos, incluido El Teniente, donde los costos se han superado hasta ahora en un 75% y Chuquicamata, donde el sobrecosto declarado es del 53%.


Codelco no hizo comentarios sobre las cifras.


“Lo más adecuado hoy es conocer la factibilidad técnica de los proyectos para ver si es posible alcanzar las metas de producción comprometidas”, dijo CESCO.


Esto debería ocurrir "aún antes de continuar con las decisiones de inversión ya que... los costos en términos de endeudamiento comprometen la viabilidad financiera y el valor del principal activo de nuestro país".


CESCO también destacó los planes de Codelco de incursionar en la minería del litio como un problema que podría significar una pérdida de foco en el cobre, clave para la transición energética global y donde las proyecciones de demanda sugieren una oportunidad única de riqueza.


"Codelco ha explicado... que no cambiará su enfoque de la producción de cobre ni desviará recursos de otras áreas", dijo Codelco en una respuesta enviada por correo electrónico.


La futura prosperidad de Chile está ligada a la fortuna de Codelco, dijo CESCO, y la minera estatal debe concentrarse en la eficiencia de la gobernanza, la estructura administrativa y la supervisión antes de reanudar las inversiones y acumular más deuda.


"Probablemente Codelco esté viviendo uno de los momentos más complejos en sus 52 años de historia", consigna el informe.




"Los niveles de deuda podrían llegar a niveles tan altos que podrían arrastrar a la empresa a la insolvencia, poniendo en peligro su viabilidad financiera si no se cumplen las promesas de producción y costos de estos proyectos (estructurales)".


La producción de Codelco en el primer semestre de 2023 fue de 633.000 toneladas métricas de cobre, la más baja en 25 años. En los últimos cinco años, su producción de cobre ha caído un 17% y se espera que siga cayendo hasta 2025.




Chile: Formalizan a alto oficial de Gendarmería por delito de torturas y queda con arresto domiciliario


El INDH interpuso una querella en este caso en junio de 2022. El hecho se perpetró en mayo del mismo año en el centro de readaptación en contra de una persona que cumplía reclusión nocturna.




En el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) participó en calidad de querellante en la formalización de dos altos funcionarios de Gendarmería. Se trata del teniente coronel Daniel A. Estrada Garay, a quien se le acusa de golpear a un interno reducido y esposado luego de un altercado en un penal de Santiago. Estrada, además, es parte del Directorio Nacional de la Asociación de Oficiales Penitenciarios, como tesorero del principal gremio de oficiales de Gendarmería.., y al cabo Francisco Godoy de golpear a un interno que ya se encontraba reducido y esposado en el Centro Readaptación Abierto (CRA) Manuel Rodríguez, en el centro de Santiago, luego de un altercado verbal entre el interno y los gendarmes.
 


Ambos formalizados por el delito de torturas (artículos 150 A y 150 C del Código Penal). El hecho ocurrió en mayo de 2022 en el Centro de Readaptación Abierto (CRA) Manuel Rodríguez de Gendarmería, ubicado en calle Blas Cañas.


Tras dar por acreditados los hechos y la participación de ambos imputados, la jueza Carla Capello decretó medidas cautelares. En el caso de Daniel A.Estrada Garay. con arresto domiciliario total, prohibición de ingreso a los centros penitenciarios Manuel Rodríguez y CET Metropolitano (corresponden al lugar del delito) y prohibición de comunicarse con el otro imputado. A Francisco Godoy  le decretó arraigo nacional y las mismas prohibiciones que a Daniel A.Estrada Garay. A petición del INDH se ordenó oficiar sobre la audiencia al director regional de Gendarmería y al fiscal administrativo que lleva el sumario contra ambos imputados. Lo último, para los fines y medidas que procedan según el Estatuto Administrativo.


El juzgado también resolvió enviar un oficio urgente a Gendarmería pidiendo cuenta sobre una de las medidas acogidas al presentarse la querella en 2022. Esta trata sobre analizar la factibilidad técnica e instalar cámaras de seguridad en el sitio de la guardia interna del CRA. Ese es el lugar donde presuntamente ocurrieron, a puertas cerradas, los hechos de tortura más graves denunciados. 


De este modo se cumple la obligación del Estado de Chile de adoptar medidas conducentes a prevenir que hechos similares vuelvan a ocurrir. Esta labor de prevención emana, por ejemplo, de lo dispuesto en la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la Tortura.


Querella del INDH


La sede del INDH interpuso una querella en este caso en junio de 2022. En ella se relata la situación ocurrida la noche del 22 de mayo de ese mismo año. La víctima, que cumplía reclusión nocturna en el lugar, mantuvo una discusión en la puerta de acceso que devino en golpiza. Daniel A.Estrada Garay, persiguió por la calle a la víctima y la logró reducir. Ahí, Francisco Godoy M. le lanzó patadas en la cabeza. Enseguida los dos le dieron una serie de golpes en diversas partes del cuerpo. Aplicaron fuerza absolutamente ilegítima y desproporcionada.


En la vuelta hacia el acceso al CRA llevaron a la víctima esposada. La ingresaron al recinto de guardia interna. Francisco Godoy M. cerró la mampara presuntamente para actuar bajo impunidad. En un abuso de sus cargos y funciones, prosiguieron con la agresión de manera grave. A la víctima la mantuvieron esposada y en completo estado de indefensión y vulnerabilidad. Entonces, Daniel A.Estrada Garay. presionó con fuerza su pie en el cuello al punto de comenzar a causarle una asfixia.



Versión de la víctima


Según la víctima, fue tan impactante que pensó que iba a morir. Le rogó a su agresor que se detuviera porque tenía una hija pequeña. Cuando la víctima logró sacarse el pie del agresor, éste la levantó y le dio cuatro golpes en el rostro. En los momentos en que todo esto ocurría, Francisco Godoy M. no impidió la prosecución de la violenta conducta de 
Daniel A.Estrada Garay, estando en la posición y obligación legal de hacerlo. La víctima quedó con su rostro ensangrentado, lo que pudieron apreciar todos quienes pasaban por el acceso.


Además de las lesiones en el rostro, el agredido tuvo severas secuelas psíquicas, que le impidieron volver a cumplir la reclusión nocturna en los siguientes días. Sintió fuertes molestias en el ojo izquierdo, producto del ataque de 
Daniel A.Estrada Garay.


En junio de 2022, el juzgado suspendió de sus funciones a ambos imputados, acogiendo una medida de protección del INDH contenida en la querella. Esta fue la primera vez que un tribunal chileno aplicó esta medida, basada en recomendaciones del Comité contra la Tortura de la ONU respecto del Sexto Período de Informe del Cumplimiento de la Convención contra la Tortura (2018). La media se levantó en abril pasado.


Otra acción del INDH


Cabe mencionar que para octubre se programó ante el Cuatro Tribunal Oral en lo Penal un juicio en otro caso de la sede del INDH en que 
Daniel A.Estrada Garay, figura como acusado. Se trata de hechos perpetrados en junio de 2020 en Santiago Uno. Por los delitos de tortura y apremios ilegítimos. En ese entonces, Daniel A.Estrada Garay se desempeñaba como jefe de régimen interno del recinto. Las víctimas fueron dos personas transgénero privadas de libertad.


A la víctima del delito de mayor gravedad 
Daniel A.Estrada Garay le aplicó gas sobre el rostro y los ojos a modo de castigo por un improperio. Luego, la llevó a una celda de contención llamada “la Jaula”, sabiendo que ahí recibiría la agresión de tres hombres privados de libertad con los que tuvo conflictos previos. Estos, bajo la aquiescencia del acusado, la golpearon desfigurándole el rostro y arrojándole un termo de agua caliente en la cara y la espalda.




2023/08/14

Presidente Boric Mejores Pensiones Para Chile

 


Presidente de la República, Gabriel Boric Font, por reforma de pensiones: “tenemos el deber, todos juntos, de sacar este proyecto adelante”


El Mandatario, junto a la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, encabezó una convocatoria ciudadana por Mejores Pensiones para Chile en la comuna de Macul.


En la mañana del 11/08/2023, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, participó en un diálogo ciudadano con vecinas, vecinos y adultos mayores en el gimnasio municipal de la comuna de Macul, de la comuna para dar a conocer los alcances del Proyecto de Reforma a las Pensiones presentado por el gobierno.


Durante su intervención, el Mandatario aludió a la responsabilidad del mundo político de dar una respuesta a este tema, señalando que, “ingresamos la Reforma Previsional hace 10 meses y algunos nos dicen que no hemos querido sentarnos a discutir, que no ha habido suficiente tiempo o que no van a discutir hasta que se vaya tal o cual ministro. Les digo, independiente de eso, me gusta la idea de la presidenta Bachelet, de Desmond Tutu, de ser rehenes de la esperanza, pero los que no pueden ser rehenes de las peleas políticas son las personas mayores. Y, por eso, tenemos el deber, todos juntos, de sacar este proyecto adelante”.


Al final del encuentro, las y los vecinos participaron en una feria de servicios del Ministerio del Trabajo y Previsión Social donde podían recibir información, resolver dudas y facilitar la realización de trámites, tales como la solicitud de la PGU.


En la actividad también participaron autoridades como la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara; la ex Presidenta de la República, Michelle Bachelet y el alcalde de Macul, Gonzalo Montoya -quienes dieron palabras durante la ceremonia- además de las ministras del Interior, Carolina Tohá y de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, y el ministro de la Segpres, Álvaro Elizalde.


“La ministra Jara ahora está haciendo el esfuerzo por sacar la Reforma de Pensiones, pero antes, gracias a la pega que hizo en conjunto con trabajadores -acá está el presidente de la CUT, gracias por estar acá representando a los trabajadores y trabajadoras- y empresarios, con los grandes empresarios y con las pymes, con el ministro Marcel también lograron subir el sueldo mínimo, el aumento de sueldo mínimo más importante en los últimos años por sobre la inflación. Y vamos a llegar a un sueldo mínimo de $500 mil”, agregó el Presidente Boric, valorando el trabajo realizado por la secretaria de Estado de la cartera de Trabajo y Previsión Social.


Sobre la propuesta de reforma al sistema de pensiones


La mediana del monto de la primera pensión que recibieron los hombres entre julio de 2020 y junio de 2022, según el Informe de Género de la Superintendencia de Pensiones, fue $148 mil. En el caso de las mujeres, en cuyo caso la mediana de la primera pensión fue de $51 mil.


- Fortalece la PGU: aumenta la cobertura y monto a $250.000, e incorpora a pensionados de leyes de reparación.
- Crea el Seguro Social: nueva cotización del 6% con cargo al empleador. Establece nueva pensión con garantía de 0,1 UF por año cotizado, que permite subir las pensiones actuales. Además, incluye bono tabla a mujeres y otros complementos.
- Protege el ahorro individual (10% del trabajador): reduce los costos y fortalece la capacidad de elegir entre administradores públicos y privados.



2023/08/10

Ni Perdon Ni Olvido : Al Traidor Augusto Pinochet

 

El general traidor Augusto Pinochet fue uno de los líderes del golpe contra el presidente Salvador Allende y gobernó dictatorialmente Chile hasta 1990.



Asesino y el ladrón Augusto Pinochet a finales de los 80



El asesino y ladrón general Augusto Pinochet lideró el golpe militar en Chile el 11 de septiembre de 1973, desencadenando una de las peores y más sangrientas dictaduras de Sudamérica, gobernó el país durante la dictadura hasta 1990 y al final de su vida fue acusado de los crímenes cometidos durante la dictadura.


Vida del Asesino Pinochet


Nombre del asesino maldito, Augusto José Ramón Pinochet Ugarte nació en la ciudad de Valparaíso, el 25 de noviembre de 1915. Sus padres se llamaron Augusto Pinochet Vera y Avelina Ugarte Martínez. Pinochet ingresó a la Academia Militar de Santiago a los 17 años y, luego de culminar su carrera, se convirtió en subteniente, iniciando su carrera militar en un puesto en la ciudad de Concepción.


A los 28 años, Pinochet se casó con Lucía Hiriart Rodríguez, la madre de sus cinco hijos. Además de dedicarse a su familia, la vida del traidor Pinochet viró hacia su carrera militar, con la que tuvo mucho éxito, ascendiendo en varias ocasiones y alcanzando importantes cargos.
Salvador Allende nombra a Augusto Pinochet como comandante en jefe del ejército en 1973.


Golpe militar contra Allende


En 1973, El Traidor Augusto Pinochet fue designado por el presidente Salvador Allende para el cargo de comandante en jefe del ejército chileno. Mientras el gobierno socialista de Allende enfrentaba una grave crisis, grupos disidentes se organizaron en secreto para dar un golpe de Estado y deponer al presidente.


Pinochet había sido uno de los primeros militares de alto rango del ejército chileno en unirse al golpe, y usó su importante cargo para impulsar la estrategia que planeaba derrocar al presidente Allende. El golpe se produjo el 11 de septiembre de 1973, cuando el palacio presidencial de La Moneda fue atacado por fuerzas del ejército chileno.


Durante el ataque que contó con un bombardeo de la fuerza aérea chilena, el presidente Allende fue asesinado en palacio de gobierno por soldados que atacaron el palacio.


La institución de la dictadura en Chile recibió un fuerte apoyo de Estados Unidos, que vio en la imposición de gobiernos conservadores y dictatoriales una alternativa para evitar el crecimiento de la influencia de políticos y prácticas vinculadas al socialismo en Sudamérica al cumplirse 50 años del golpe. , el departamento de inteligencia estadounidense, la CIA, todavía se niega a poner a disposición los documentos secretos de esa época.


Dictadura del traidor Pinochet


Poco tiempo después del golpe, El Traidor Augusto Pinochet fue nombrado presidente del país y, durante más de una década, impuso un gobierno dictatorial que convirtió a la dictadura de Chile en una de las peores y sangrientas instituidas en toda América del Sur. y/o que había estado en contra del golpe.


Uno de los grupos chilenos que más sufrió la represión de Pinochet fue la Unidad Popular, un frente que agrupaba a los partidos de izquierda que defendían al gobierno de Allende y que habían estado en contra del golpe. En total, durante los años de la dictadura chilena, al menos 3.065 personas murieron o desaparecieron por motivos políticos y más de 40.000 fueron torturadas por agentes del gobierno.


Si políticamente el asesino Pinochet promovió una gran persecución política, económicamente la política se basó en planes y reformas neoliberales. El dictador hizo uso de estudios defendidos por economistas chilenos conocidos como “Chicago Boys”. Los defensores de estas políticas económicas afirman que fueron responsables del crecimiento económico de la década de 1990. Divergiendo de esta posición, los críticos señalan que la política económica del ladrón y asesino Augusto Pinochet fue directamente responsable del crecimiento de la desigualdad social en Chile.


En 1981, Pinochet impuso una nueva constitución que sirvió como estratagema para extender su poder por unos años más. En 1988 realizó un referéndum para consultar a la población chilena sobre su continuidad en el poder. El resultado final mostró que el 56% de la población optó por no continuar con el gobierno de Pinochet y, así, la dictadura chilena llegó a su fin después de las elecciones de 1989.


Después de renunciar a la presidencia en 1990, el asesino Pinochet permaneció como comandante en jefe del ejército chileno y se desempeñó como senador vitalicio. Renunció a ambos cargos por motivos de salud en 1998. En los últimos años de su vida, Pinochet fue detenido y enfrentado cargos por corrupción y delitos contra los derechos humanos. Por razones de salud, nunca llegó a juicio. Pinochet murió el 10 de diciembre de 2006, a consecuencia de las complicaciones de un infarto.




Chile: Corte de Santiago confirma multa a empresa de TV de pago por emitir filme para mayores en horario de protección

 

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución, adoptada por el Consejo Nacional de Televisión, que le impuso una multa de 42 UTM a la empresa VTR Comunicaciones SpA por exhibir película para adultos, a través de la señal HBO, canal 34, en horario de protección de menores de 18 años.





La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución, adoptada por el Consejo Nacional de Televisión, que le impuso una multa de 42 UTM a la empresa VTR Comunicaciones SpA por exhibir película para adultos, a través de la señal HBO, canal 34, en horario de protección de menores de 18 años.


En fallo unánime (causa rol 342-2023), la Novena Sala del tribunal de alzada –integra por la ministra Carolina Brengi, el ministro Tomás Gray y la abogada (i) Bárbara Vidaurre– descartó infracción en el proceso sancionatorio abierto por la entidad reguladora.


“Que el hecho que se sanciona contraría la prohibición expresa contenida en el artículo 5° de las Normas Generales sobre Contenido de las Emisiones de Televisión, infracción formal que sustenta la multa impuesta”, plantea el fallo.


La resolución agrega que: “En este orden de ideas cabe señalar que la emisión de la película cuestionada en los términos constatados por el CNTV, no solo infringe las normas del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, sino importa también una infracción a las disposiciones de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que el Estado de Chile está obligado a amparar y proteger”.


“En efecto, la emisión de una película del contenido descrito en la sanción en alzada, vulnera el interés superior de los menores, consagrado en el orden nacional e internacional, lo que se traduce en una conculcación grave al derecho a la salud psíquica de los menores de edad. Los hechos de la causa dan cuenta de la falta en que incurrió el recurrente quien como permisionaria debe procurar el ‘permanente respeto’, entre otros valores, a la formación espiritual e intelectual de la niñez, como lo dispone el artículo 1° de la Ley N° 18.838”, añade.


Para el tribunal de alzada: “(…) al recurrente, en su calidad de prestador del servicio, le es aplicable la normativa nacional –artículo 13 de la Ley N° 18.838–, que no limita, como arguye el recurso, las facultades de que está investida la reclamada para fiscalizar películas que no corresponda calificar o calificadas para mayores de 18 años, siendo por ende responsable de todo aquello que transmita o retransmita a través de su señal. Así las cosas, constada la infracción a una norma legal, se acredita la culpa infraccional de VTR Comunicaciones SpA., lo que justifica la sanción impuesta, pues dicha conducta importa vulnerar el deber de cuidado establecido en la normativa vigente que la recurrente debe acatar en razón de su giro”.


“Que –prosigue–, en cuanto al sistema de control parental, la existencia de mecanismos tecnológicos, como es el que esgrime la recurrente, no altera lo antes concluido, desde que el artículo 3° de las Normas Generales sobre Contenidos de las Emisiones de Televisión, al reglamentar el mecanismo, lo hace en relación a programas o películas con contenido pornográfico, cuyo no es el caso de autos. Por otro lado, exonerarse de la infracción que se le imputa atribuyéndole responsabilidad a los padres o adultos al cuidado de menores –es decir a sus clientes– es desconocer la obligación legal que recae sobre el prestador, el que debe en todo momento respetar los principios que rigen la actividad, entre ellos, el del ‘correcto funcionamiento del servicio de televisión”.


“Que en cuanto a la proporcionalidad de la sanción, este tribunal estima razonable considerar que esta se ajusta a la naturaleza de la infracción, considerando la hora en que se da inicio a la exhibición de la película, la existencia de una calificación y reincidencia de la recurrente, por lo que aparece justificado y acorde a los hechos de la causa y competencias del órgano recurrido”, concluye.


Chile: 13° Juzgado Civil de Santiago ordena indemnizar a menor de edad torturado en comisaría y Estadio Nacional


El Decimotercer Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $22.000.000 por concepto de daño moral, a Domingo Enrique Pérez Droguett, quien fue detenido el 22 de septiembre de 1973 y trasladado hasta un cuartel policial y luego ingresado al Estadio Nacional, recintos donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura.



El Decimotercer Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $22.000.000 por concepto de daño moral, a Domingo Enrique Pérez Droguett, quien fue detenido el 22 de septiembre de 1973 y trasladado hasta un cuartel policial y luego ingresado al Estadio Nacional, recintos donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura.


En el fallo (causa rol 1.342-2022), el juez Daniel Valenzuela Castillo rechazó las excepciones de pago y prescripción deducidas por el fisco, tras establecer que Pérez Droguett fue víctima de un crimen de lesa humanidad.


Que, si bien la privación de libertad y tortura, en el contexto que se ha reseñado resulta difícil de calcular y cuantificar, se hace necesario a fin de analizar la severidad del sufrimiento padecido, tomar en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, teniendo presente para ello las características del trato, tales como la duración, el método utilizado o el modo en que fueron infligidos los padecimientos, los apremios físicos y mentales que estos pueden causar, el tiempo transcurrido, las reparaciones materiales y morales proporcionadas por el Estado de Chile al demandante, incluyendo una pensión vitalicia que continuará siendo pagada con posterioridad al presente juicio”, plantea el fallo.


La resolución agrega que: “El Tribunal tiene en especial consideración para tal determinación que la detención ilegal y aplicación de golpes y vejaciones se extendió desde el 22 de septiembre de 1973 hasta 7 de octubre del mismo año, es decir, por 15 días; el hecho de ser menor de edad al momento de los hechos, aun cuando no se acreditó el día de su fecha de nacimiento; el transcurso de 50 años entre la ocurrencia de los hechos y la interposición de la demanda; y la entrega de $36.141.680 y una pensión que actualmente asciende a $230.025por parte del Fisco de Chile al demandante, justamente en razón de la violación a los derechos humanos que padeció este último. Por lo que se regulará prudencialmente en la cantidad total de veintidós millones de pesos ($22.000.000).


“Que, al haberse determinado en esta sentencia la indemnización que debe satisfacer la demandada, la suma regulada se reajustará conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de esta sentencia y el mes que preceda al pago, y con intereses desde que la misma quede ejecutoriada”, ordena.



2023/08/09

Chile: Corte Suprema ordena al fisco indemnizar a víctima torturada por Carabineros y agentes de la CNI

 

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió recurso de casación en el fondo y, en sentencia de reemplazo, condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a Viviana Novoa Navarro, quien fue detenido en diversas ocasiones y sometida a torturas por efectivos de Carabineros y agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).





La Corte Suprema acogió recurso de casación en el fondo y, en sentencia de reemplazo, condenó al fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral, a Viviana Novoa Navarro, quien fue detenido en diversas ocasiones y sometida a torturas por efectivos de Carabineros y agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI).


En fallo unánime (causa rol 47.485-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y los abogados (i) Diego Munita y Gonzalo Ruz– estableció erro de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, al acoger la excepción de prescripción de la demanda civil opuesta por el fisco.


“Que, como ha señalado reiteradamente esta Corte, este complejo normativo conocido como Derecho Internacional de los Derechos Humanos, ciertamente ha importado un cambio significativo en la configuración de la responsabilidad estatal. En concreto, en materia de derechos humanos los Estados tienen una obligación de resultado, cual es, la efectiva vigencia de los derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales”, afirma el fallo.


La resolución agrega que: “Por ello, la responsabilidad del Estado por violación a los derechos humanos es una cuestión objetiva, ya que el ilícito por violaciones a los derechos fundamentales se produce al momento en que el Estado actúa en violación de una norma obligatoria, sin necesidad de que exista falta o culpa por parte del agente. (Cfr. Aguiar, Asdrúbal. La responsabilidad internacional del Estado por violación de derechos humanos. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos, Vol.17, IIDH, 1993. Pág. 25). En efecto, se trata de una responsabilidad objetiva en donde no interesa la presencia de dolo o culpa en el accionar dañoso del Estado”.


“La responsabilidad internacional del Estado nace al momento en que con su actuar se infringe los límites que le señalan los derechos humanos como atributos inherentes a la dignidad de las personas, sin necesidad de que exista falta o culpa por parte del autor material del acto”, añade.


Para la Sala Penal: “(…) de lo que se ha venido señalando se desprende que el Estado está sujeto a la regla de la responsabilidad, la que no es extraña a nuestra legislación, pues el artículo 3° del Reglamento de La Haya de 1907 señala que ‘La parte beligerante que viole las disposiciones de dicho Reglamento será condenada, si hubiere lugar, a pagar una indemnización. Será responsable de todos los actos cometidos por las personas que formen su ejército’. Complementa lo anterior el artículo 2.3ª del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en cuanto señala que ‘Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violadas podrán interponer un recurso efectivo’, el que supone el derecho a buscar y conseguir plena reparación, incluida restitución, indemnización, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición. En este contexto encontramos también el principio 15 de los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones, adoptados por la Comisión de Derechos Humanos en su Resolución 2005/35 de 19 de abril de 2005, el cual señala que ‘Conforme a su derecho interno y a sus obligaciones jurídicas internacionales, los Estados concederán reparación a las víctimas por las acciones u omisiones que puedan atribuirse al Estado y constituyan violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o violaciones graves del derecho internacional humanitario’”.


“En el mismo sentido –prosigue– se ha expresado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que haciendo suyo el razonamiento fijado por la Corte de la Haya señaló ‘que toda violación a una obligación internacional que haya producido un daño comporta el deber de repararlo adecuadamente. La indemnización, por su parte, constituye la forma más usual de hacerlo (...) la reparación del daño ocasionado por la infracción de una obligación internacional consiste en la plena restitución (restitutio in integrum), lo que incluye el restablecimiento de la situación anterior y la reparación de las consecuencias que la infracción produjo y el pago de una indemnización como compensación por los daños patrimoniales y extrapatrimoniales incluyendo el daño moral’. (Cfr. Corte Interamericana de Derechos Humanos, caso Velásquez Rodríguez. Indemnización compensatoria. [Art. 63.1 Convención Americana sobre Derechos Humanos]. Sentencia de 21 de julio de 1989. Serie C, N° 7. Párr. 25-26)”.


“En síntesis, la obligación de reparación es una obligación que pesa sobre el Estado que ha violado los derechos humanos, obligación que es parte del estatuto jurídico de Chile, conforme se viene señalando”, afirma la resolución.


“Que, en suma, pesando sobre el Estado la obligación de reparar a las víctimas y sus familiares consagrado por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, el derecho interno no deviene en un argumento sostenible para eximirlo de su cumplimiento. No solo por lo ya expresado sino porque este deber del Estado también encuentra su consagración en el derecho interno”, releva.


“En efecto, el sistema de responsabilidad del Estado deriva además del artículo 3º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que dispone que la Administración del Estado está al servicio de la persona humana, que su finalidad es promover el bien común, y que uno de los principios a que debe sujetar su acción es el de responsabilidad; y, consecuentemente con ello, en su artículo 4° dispone que ‘el Estado será responsable por los daños que causen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado’. Así, no cabe sino concluir que el daño moral causado por la conducta ilícita de los funcionarios o agentes del Estado autores de los ilícitos de lesa humanidad en que se funda la presente acción, debe ser indemnizado por el Estado”, concluye.






Chile: Gabriel Boric Font, promulga Ley sobre Delitos Económicos y Medio Ambientales

 

La iniciativa introduce un tratamiento distinto de la criminalidad económica en comparación con la criminalidad común.






Esta mañana, el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, promulgó la Ley sobre Delitos Económicos y Medio Ambientales.


La ceremonia, que tuvo lugar en el Patio de Las Camelias del Palacio de La Moneda, contó con la participación de las ministras del Interior, Vocera de Gobierno y de la Mujer y Equidad de Género, Carolina Tohá, Camila Vallejo, y Antonia Orellana; junto a los ministros de Justicia y Derechos Humanos, de Hacienda, Segpres y Economía, Luis Cordero, Mario Marcel, Álvaro Elizalde y Nicolás Grau, respectivamente.


Un objetivo clave de esta ley es combatir la impunidad económica. La ley introduce un tratamiento distinto de la criminalidad económica en comparación con la criminalidad común, reconociendo los daños sociales significativamente mayores que puede provocar la criminalidad económica.


Por muchos años la ciudadanía ha visto con impotencia cómo los llamados delitos de cuello y corbata suelen recibir castigos menores que otros delitos, aun cuando involucran grandes sumas de dinero
”, afirmó el Mandatario, quien agregó que frente a eso, y me imagino que todos quienes son representantes electos o que han cumplido funciones públicas lo deben haber experimentado en sus salidas a terreno, hay una percepción en la ciudadanía de que, a veces, pareciera existir dos justicias, una justicia para ricos y una justicia para pobres. Tenemos todos el deber de trabajar para que esa percepción no se asiente y para que no sea real”.


El propósito central de la ley es prevenir la comisión de delitos económicos a través de la imposición de mayores exigencias a las personas jurídicas y sus sistemas de cumplimiento interno, así como a los directivos y gerentes de las empresas. Si las empresas adoptan adecuadamente las exigencias de esta ley, se debería reducir significativamente el número de infracciones de este tipo.


La promulgación de esta legislación es un paso importante en la recuperación de las confianzas en las instituciones. Muchas veces, me preguntan qué es lo que espero al final de nuestro mandato, y más allá de las políticas públicas, de las grandes obras, más allá de las cifras, un bien intangible que para mí es prioritario es la recuperación de la confianza interpersonal en nuestra patria, pero también de la confianza entre los ciudadanos y sus instituciones, que están y deben estar para protegerlos y no para abusarlos o permitir que se instale una sensación de abuso respecto de ello, reflexionó el Presidente de la República.


La promulgación de esta ley es uno de los avances y cambios más importantes al sistema Penal, valorando de un modo distinto este tipo de delitos por las consecuencias sociales que provoca.


Sobre la ley promulgada


a. Establece categorías de delitos, para calificarlos como “delitos económicos” y hacer aplicable el estatuto diferenciado de penas y otros efectos.
b. Establece un sistema especial de determinación de la pena, de sustitución de penas, de determinación y cuantía de la multa y de inhabilitaciones especiales.


c. Actualiza algunos delitos y crea otros nuevos.
d. Agrega regulación sobre el comiso de ganancias.
e. Modificaciones a la ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, ley N°20.393.



2023/08/02

Chile: Condenan a tres excarabineros por torturas contra 8 víctimas en comisaría de Peñalolen durante el 18-O

 

Condenan a tres excarabineros por torturar a ocho víctimas, entre ellos menores de edad, al interior de la 43° Comisaría de Peñalolen; esto en el marco del denominado estallido social, en octubre de 2019.




El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a 5 años y un día de cárcel al cabo segundo de Carabineros a la época de los hechos, Juan Pablo Leiva Puga. Además, de las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.


Lo anterior, en calidad de autos de cuatro delitos consumados de apremios ilegítimos. Hechos ocurridos en octubre de 2019, en la comuna de Peñalolen, en el marco del estallido social.



De igual forma y en fallo unánime, condenó al efectivo Carlos Andrés Fuenzalida Gajardo a la pena de 5 años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso. Y las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Todo como autor de tres delitos de apremios ilegítimos.


Finalmente, condenó al entonces carabinero Sebastián Antonio González Faúndez a la pena de 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito consumado de apremios ilegítimos.



En concreto, el tribunal acreditó que la noche del 20 de octubre de 2019, en dependencias de la 43ª Comisaría de Carabineros de Peñalolén, los tres condenados cometieron los delitos de apremios ilegítimos. Esto, en hechos que afectaron a 8 personas en total, 4 menores de edad y 4 adultos, quienes se encontraban detenidas en el lugar.


Apremios ilegítimos



En la investigación se estableció que Juan Pablo Leiva Puga se acercó a una víctima y “le propinó golpes a mano abierta en el rostro”. Y luego, una hora después, regresó al lugar donde se encontraba el detenido, y lo tomó “del cuello y azotándole contra la pared, provocando que aquel cayera al piso”.


Mientras que la esposa de esta víctima se encontraba “amarrada a un fierro del lugar, imposibilitando de moverse”, y Sebastián González Faúdez, extrajo “desde un bolso de color verde, una sustancia que le aplicó, en dos oportunidades, con sus manos en ojos, nariz y rostro, provocándole irritación y dolor”.


El segundo hecho acreditado afectó a cuatro menores de edad, que se encontraban en el calabozo del lugar, donde ingresó Juan Pablo Leiva Puga, “quien procedió a agredir con cuatro golpes a mano abierta, en el rostro y espalda del menor de edad detenido, L.P.V.I., quien intentaba protegerse con sus brazos”. Luego, el mismo imputado, “se acercó a la víctima menor de edad, de nombre K.A.G.L. agrediéndolo con golpes de puño en su rostro y cuerpo en más de una ocasión”.


Cuatro hechos


Asimismo, el tribunal tuvo por establecido el hecho signado con el numeral tres, que afectó a un adulto que estaba “en el pasillo previo al ingreso a los calabozos esposado”. Donde el imputado “Carlos Fuenzalida Gajardo procedió a aplicarle en el rostro, en reiteradas oportunidades, una sustancia, del tipo lacrimógeno, ocasionándole irritación, dolor y ardor”.


El último hecho fue en circunstancias que dos víctimas “fueron llevados a una sala de dicha unidad” y el imputado Carlos Fuenzalida Gajardo procedió “a agredirlos con golpes de puño y pie, y luego extrae de un bolso que mantenía colgado a su cuerpo una sustancia, del tipo lacrimógeno”. El que les frotó “en la cara ocasionándoles dolor, irritación”.