En el fallo (causa rol 1.342-2022), el juez Daniel Valenzuela Castillo rechazó las excepciones de pago y prescripción deducidas por el fisco, tras establecer que Pérez Droguett fue víctima de un crimen de lesa humanidad.
Que, si bien la privación de libertad y tortura, en el contexto que se ha reseñado resulta difícil de calcular y cuantificar, se hace necesario a fin de analizar la severidad del sufrimiento padecido, tomar en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, teniendo presente para ello las características del trato, tales como la duración, el método utilizado o el modo en que fueron infligidos los padecimientos, los apremios físicos y mentales que estos pueden causar, el tiempo transcurrido, las reparaciones materiales y morales proporcionadas por el Estado de Chile al demandante, incluyendo una pensión vitalicia que continuará siendo pagada con posterioridad al presente juicio”, plantea el fallo.
La resolución agrega que: “El Tribunal tiene en especial consideración para tal determinación que la detención ilegal y aplicación de golpes y vejaciones se extendió desde el 22 de septiembre de 1973 hasta 7 de octubre del mismo año, es decir, por 15 días; el hecho de ser menor de edad al momento de los hechos, aun cuando no se acreditó el día de su fecha de nacimiento; el transcurso de 50 años entre la ocurrencia de los hechos y la interposición de la demanda; y la entrega de $36.141.680 y una pensión que actualmente asciende a $230.025por parte del Fisco de Chile al demandante, justamente en razón de la violación a los derechos humanos que padeció este último. Por lo que se regulará prudencialmente en la cantidad total de veintidós millones de pesos ($22.000.000).
“Que, al haberse determinado en esta sentencia la indemnización que debe satisfacer la demandada, la suma regulada se reajustará conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de esta sentencia y el mes que preceda al pago, y con intereses desde que la misma quede ejecutoriada”, ordena.
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