Crédito: Agencia Uno.
Qué observar. Estuvieron 8 horas debatiendo. Y sufragaron entre las 23.00 y 1.40 AM. El plenario de la Convención votó por segundo día consecutivo por 2/3 las normas de la nueva Constitución, esta vez el informe de la comisión de Forma de Estado.
De los 36 artículos que contenía el informe, 28 fueron aprobados, todos ellos tendientes a instaurar un Estado Regional -poniendo fin al sistema de Estado unitario que rige hoy en la Constitución- y a otorgar una amplia autonomía política, jurídica y financiera a las regiones en distintos niveles.
Las principales normas aprobadas por el plenario:
Regiones y comunas autónomas. Artículos 1 y 2. “Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado”, dice el primer artículo de la propuesta. Y, en el segundo, se establecen “regiones autónomas, comunas autónomas, autonomías territoriales indígenas y territorios especiales” que contarán con “personalidad jurídica, estatuto y patrimonio propio, con las potestades y competencias necesarias para autogobernarse, teniendo como límite el interés general y la delimitación de competencias establecidas de acuerdo con la Constitución y la ley”. En otro articulado se fijan los criterios de las regiones autónomas, con facultades amplias para el Gobierno regional, una Asamblea Legislativa Regional y un Consejo Social Regional.
Amplias competencias en ámbito financiero. El artículo 27 abre la puerta a que las regiones tengan la facultad de involucrarse en el sistema impositivo, como el “crear, modificar y suprimir contribuciones especiales y tasas, o establecer beneficios tributarios respecto de estas, dentro de su territorio, orientado por el principio de equivalencia y en el marco que determine la ley”. También se la faculta la creación de empresas públicas y administrar el “dominio público minero y de las aguas existentes en el territorio de la Región Autónoma, en coordinación con los órganos que establezca la Constitución y la ley”.
Freno a Asamblea Legislativa, pero con poder para gestionar préstamos y crear provincias. El artículo 35 le da la facultad de formular leyes a los gobiernos regionales de acuerdo a un estatuto que quedaría en manos del órgano Asamblea Legislativa Regional. Los partidos le pusieron freno a la iniciativa, y siguen pendientes las características que tendrá. Lo que sí es un hecho es que, previa autorización de la Asamblea Legislativa Regional, la región podría contratar préstamos. También tendría el poder de convocar a referéndums y plebiscitos regionales, además de proponer la creación de provincias.
El Estatuto Regional. Cada región establecerá de manera autónoma su propio orden político interno, el que establecerá los principios que los rigen y el funcionamiento de los órganos regionales, además de normas sobre gobierno, administración y elaboración de su legislación.
Creación de Consejo Social Regional. El artículo 26 establece un órgano encargado de promover la participación popular en los asuntos públicos, del control y de la fiscalización de la función pública. El Consejo tendrá paridad de género y será plurinacional. Sus competencias serán incidentes respectos de las estrategias de desarrollo y financiamiento regional, entre otras cosas.
Principales normas rechazadas:
Facultades y competencias de la Asamblea Legislativa Regional. Fue uno de los temas más controvertidos de la jornada, al tratarse de una suerte de “tercera cámara”, que se sumaba a la de diputados y senadores. La idea de la creación de Asambleas Legislativas en cada región apuntaba a dotarlas de potestades legislativas, resolutivas y fiscalizadoras, con integrantes elegidos por votación popular, pero fue rechazada con 51 votos en contra del PC, el Colectivo del Apruebo y toda la derecha.
A la asamblea se le otorgaba la posibilidad de “debatir, aprobar, rechazar o modificar el proyecto de Presupuesto Regional”; “fijar, modificar o suprimir contribuciones y tasas o establecer beneficios tributarios de carácter regional”; o “aprobar la creación de empresas públicas regionales o la participación en empresas para la gestión de servicios de su competencia”.
Se rechazaron sus atribuciones, pero sigue en pie la creación de la Asamblea en el artículo 22 y en otras secciones del articulado.
La Cláusula Residual. La norma mencionaba que las “materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las regiones autónomas, de acuerdo a lo dispuesto en los respectivos estatutos. Asimismo, las competencias que no se hayan asumido por las regiones autónomas en sus estatutos corresponderá al Estado”.
Ministerios y Servicios Públicos. Se otorgaba poder a los gobiernos regionales sobre las Secretarías Regionales Ministeriales (Seremis) y la creación de Contralorías en estos territorios.
Claves:
1. Desmembrar el sistema. La antesala del debate había sido tenso. Mario Waissbluth, profesor de Gestión Pública de la U. de Chile, había dicho a Ex-Ante que si la Convención aprobaba la propuesta él iba a votar Rechazo en el plebiscito de salida; que la iniciativa no solo estaba instalando regiones autónomas, sino que comunas y territorios autónomos y que aquello podía terminar desmembrando el país no solamente en trece o quince regiones autónomas, sino en 40 o 50 subunidades. Se trataba, para él, de transformaciones más profundas que el federalismo, e incluso comparó el caso chileno con el de Argentina, donde las provincias argentinas en un momento emitieron títulos de deuda internacional por algo así como el 20% del producto bruto. Parte de este debate cruzó las intervenciones en el plenario.
2. Los roces en la izquierda (y el aislamiento de la derecha). La mayoría de los integrantes de la Comisión de Forma de Estado de izquierda estaban listos para llegar a la sesión del pleno y aprobar todos las normas del informe.
Sin embargo, al mediodía, parte de esos convencionales se enteraron que el Colectivo Socialista no estaba cuadrado. Ya el día anterior el partido había hecho naufragar un aspecto clave del informe sobre Sistemas Jurídicos, al rechazar la temporalidad de los jueces, uno de los principales reclamos de la Suprema.
“Nosotros hasta el día de hoy contábamos con el compromiso de todos estos sectores a aprobar en general toda la propuesta normativa. Sin embargo, ese compromiso ha sido quebrado dentro del Colectivo Socialista particularmente, y eso nos parece tremendamente irresponsable”, aseguró Elisa Giustinianovich, de los Movimientos Sociales Constituyentes.
Dentro del bloque de centro izquierda hubo acaloradas conversaciones en los recesos de la sesión.
Si bien el Frente Amplio aprobó todos los artículos en general, dentro de la coalición existen desacuerdos respecto de la votación que habrá en particular de la normativa. El convencional Fernando Atria aseguró en su intervención: “No creo yo que sea una manera adecuada de descentralizar la creación de 16 asambleas legislativas regionales que pronto podrán ser 18”.
De todas formas, la izquierda terminó alineándose y, para algunos, dejó aislada a la derecha, que no logró articular apoyos para derribar otros artículos que no eran de su agrado, al no llegar al tercio de los 155 votos.
3. Asambleas Legislativas Regionales: La “tercera cámara” que no agradaba al PC. El numeral 25, sobre la creación de Asambleas Legislativas Regionales, fue duramente criticado antes de rechazarse sus potestades.
Para algunos, la creación de estas asambleas era una forma de abrirle la puerta al bicameralismo o “tricameralismo”. Se trataba de un órgano que podría terminar siendo un contrapeso al poder legislativo.
Uno de los grandes críticos de este sistema fue el PC. Sus representantes aseguraron no estar de acuerdo con el artículo, bajo el argumento de que las atribuciones legislativas de las asambleas podrían cruzarse con las del Congreso. El partido se inclina por poner fin al Senado y, para algunos, no estaba dispuesto a levantar un poder paralelo a un sistema unicameral.
Los reparos también tenían carácter técnico. “Me preocupa que las asambleas legislativas regionales definan sus propios perímetros de competencia. Y que en vez de que el legislador defina su competencia lo haga la propia región a través de sus estatutos. Eso me parece que podría generar una enorme anomalía en el funcionamiento de nuestro sistema político”, indicó en el pleno Fuad Chahin (Colectivo del Apruebo).
4. Burocracia estatal. Convencionales de esta comisión aseguraron que las regiones autónomas podrían crear empresas sanitarias, de gestión de residuos, parquímetros (estacionamientos) o transporte en aquellas regiones donde sea necesario proporcionar conectividad a sectores aislados. La institucionalidad regional también supone la creación de nuevos cargos e incluso nuevas provincias.
Lo que viene. Los 28 apartados aprobados en general en el pleno se votarán en particular -por separado y con indicaciones- este viernes por el total de los convencionales. Los que alcancen los 2/3, vale decir, 103 votos, irán directo a la redacción de la nueva Carta Magna y el plebiscito de salida. Los artículos rechazados este miércoles volverán a la comisión Forma de Estado, dónde podrán ser transformados y votados de nuevo -con indicaciones de los integrantes de la comisión- para llegar al pleno.
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