Visiones dispares concitó nueva sesión de audiencias
El abogado José Valdivia dijo que las imputaciones que se formulan al ministro son muy difíciles de configurar. Por el contrario, desde el Observatorio Legislativo Cristiano, Marcela Aranda consideró que el activismo del ministro ha superado el límite de lo privado.
La comisión encargada de analizar la admisibilidad de la acusación constitucional contra el ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, continuó esta mañana con sus audiencias. En este contexto, recibió al abogado y profesor de derecho administrativo, José Valdivia; y a Marcela Aranda, directora del Observatorio Legislativo Cristiano. Ambos presentaron visiones dispares sobre el debate en cuestión.
La comisión encargada de analizar la admisibilidad de la acusación constitucional contra el ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, continuó esta mañana con sus audiencias. En este contexto, recibió al abogado y profesor de derecho administrativo, José Valdivia; y a Marcela Aranda, directora del Observatorio Legislativo Cristiano. Ambos presentaron visiones dispares sobre el debate en cuestión.
José Valdivia precisó que todas las irregularidades que se achacan al ministro provienen del desempeño de instituciones que son subalternas y que dependen del ministerio.
En particular, se refirió a dos capítulos que calificó como “problemáticos”: el quinto y el sexto. Ellos refieren a los programas de útiles escolares y de alimentación. En ambos casos, “lo que está en juego es una cuestión de supervigilancia”.
Detalló que es muy excepcional que la supervigilancia se traduzca en controles relativos a las actuaciones y operaciones de los organismos en cuestión, como controles concretos. “Los poderes con los que cuenta el ministro, respecto de la Junaeb, son específicamente los que determina la ley y esto se muestra fundamentalmente en la designación de personal”, puntualizó.
Acusaciones
El académico dijo que las acusaciones que se formulan en relación con esta materia,
“pretenden que, gracias a la noción de supervigilancia, el ministro sea responsable respecto de las posibles irregularidades que se hayan cometido al interior de esta institución”.
“Es una acusación que no se ve respaldada en hechos concretos. Simplemente, acusaciones de un déficit de dinero que no parecen provenir de un hecho que sea imputable directamente a la institución (a través de qué contrato se ha producido una falta), por lo que se hace difícil contestar ese tipo de acusación”, detalló.
Manifestó que, “en el caso de los Servicios Locales de Educación, sin duda, la institucionalidad general del Ministerio de Educación permite conceptualizar estas figuras como parte de una misma familia, pero el diseño normativo especifico ha radicado las competencias de supervisión en el director de educación pública”.
Por consiguiente, esto trae por consecuencia una doble cadena de controles. Por una parte, los servicios locales de educación son controlados por el director de educación pública. Son servicios descentralizados que son controlados por un organismo desconcentrado del Ministerio de Educación.
En tal sentido, determinó que las imputaciones que se formulan hacia el ministro son muy difíciles de configurar.
El académico dijo que las acusaciones que se formulan en relación con esta materia,
“pretenden que, gracias a la noción de supervigilancia, el ministro sea responsable respecto de las posibles irregularidades que se hayan cometido al interior de esta institución”.
“Es una acusación que no se ve respaldada en hechos concretos. Simplemente, acusaciones de un déficit de dinero que no parecen provenir de un hecho que sea imputable directamente a la institución (a través de qué contrato se ha producido una falta), por lo que se hace difícil contestar ese tipo de acusación”, detalló.
Manifestó que, “en el caso de los Servicios Locales de Educación, sin duda, la institucionalidad general del Ministerio de Educación permite conceptualizar estas figuras como parte de una misma familia, pero el diseño normativo especifico ha radicado las competencias de supervisión en el director de educación pública”.
Por consiguiente, esto trae por consecuencia una doble cadena de controles. Por una parte, los servicios locales de educación son controlados por el director de educación pública. Son servicios descentralizados que son controlados por un organismo desconcentrado del Ministerio de Educación.
En tal sentido, determinó que las imputaciones que se formulan hacia el ministro son muy difíciles de configurar.
Observatorio legislativo cristiano
Por el contrario, Marcela Aranda dijo que no hay preocupación por los niños. La activista expuso materiales relacionados con el lenguaje no sexista, feminismo y el movimiento LGTBQ+.
“El ministro Ávila puede creer lo que quiera y sentirse como él quiera. Sin embargo, no puede usar su cargo para tomar el ministerio como una plataforma para ejercer una acción de proselitismo ideológico, sea en el ámbito político, de la sexualidad o cualquier otro”, acotó la directora del Observatorio Legislativo Cristiano.
También manifestó su temor a que no se respete el derecho preferente de educar a los hijos. En dicho plano, señaló que espera que se pueda garantizar tal garantía, de modo que las niñas y niños tengan la educación que los padres decidan darle hasta que tengan la edad suficiente para tomar sus decisiones.
Sobre el punto apeló a lo indicado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el pacto internacional de derechos civiles y políticos suscrito por el Estado de Chile.
Sostuvo que la moral establece lo que es bueno y malo. Ello considera que la formación física, mental, social, cultural, emocional y espiritual de los hijos sea competencia de los padres. Así, el Estado cumple un rol subsidiario.
Finalmente dejó expuesta su inquietud, frente a si el titular de educación es un lobista LGTBQ+ o un ministro de la educación en Chile.
A su juicio, su activismo y condición ha superado el limite de lo privado y ha cruzado el limite de vulnerar el derecho de niños y padres.
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